Entre las cuestiones que contendrán los 72 artículos y las cinco disposiciones adicionales transitorias previstas en el texto acordado, el nuevo reglamento prevé la creación del Consejo Andaluz del Taxi, como órgano consultivo y de estudio en materia. Además, los ayuntamientos adaptarán sus ordenanzas en materia de transporte urbano de viajeros a lo previsto en el Reglamento en el plazo de quince meses a contar desde su entrada en vigor.
El Reglamento fija los elementos básicos del procedimiento para la adjudicación de las licencias, de forma que exista una regulación mínima aplicable aún en el caso de no existir ordenanza municipal. También se fija el principio de obligatoriedad de las tarifas oficiales, correspondiendo esta función a los ayuntamientos en relación a las tarifas urbanas y a la Consejería competente a las interurbanas. Asimismo, el Reglamento regularáel régimen sancionador aplicable a esta actividad.