El Tribunal Supremo en respuesta al recurso presentado por UNALT y UNAUTO, determina en su fallo la anulación del artículo único, punto catorce del RD 919/2010 relativo al ROTT, facilitando de esta forma el proceso de adquisición de autorizaciones de VTCs. El resto de las alegaciones han sido desestimadas. La sentencia es firme y de efecto inmediato.
La Unión Nacional del Taxi, UNALT, junto con UNAUTO, presentaron ante el Tribunal Supremo con fecha 4 de octubre de 2010 un recurso contencioso-administrativo solicitando la anulación total o parcial del RD 919/2010 de 16 de julio por el cual se modificaba el ROTT (Reglamento de Ordenación del Transporte Terrestre) para adaptarlo a la Ley Ómnibus de diciembre de 2009.
El fallo del Tribunal Supremo, con fecha de 14 de febrero, estima en parte dicho recurso, anulando el artículo único, punto catorce del RD en lo que respecta a las modificaciones que introduce en el artículo 181, punto 1 letras a), b) y f) del ROTT y que hacen referencia a los siguientes conceptos:
a) “Disposición de, al menos un local dedicado a la actividad de arrendamiento de vehículos, con nombre o título registrado y abierto al público previo cumplimiento de los requisitos legales sobre apertura de locales”.
b) “Disposición en propiedad, leasing o arrendamiento del número mínimo de vehículos dedicados a la actividad de arrendamiento con conductor que determine el Ministerio de Fomento en función de las circunstancias del mercado. Dicho número no podrá ser inferior a cuatro. Los vehículos deberán tener carácter representativo pudiendo, a tal efecto, exigirse unas características mínimas de equipamiento, potencia o prestaciones”.
f) “Disposición de un mínimo de dos conductores por cada tres vehículos provistos de permiso de conducir de la clase BTP, en régimen de alta en la Seguridad Social y contratados a jornada completa”.
El resto de pretensiones de los demandantes quedaban desestimadas en esta sentencia contra la que no cabe recurso y cuyo efecto es inmediato.
Primeras impresiones
Las reacciones ante el fallo del Supremo no se han hecho esperar. El actual presidente de UNALT, Santiago Fraile opina abiertamente que “los primeros pasos hacia la liberalización se dieron con la Ley Ómnibus” cuando en su aprobación se mantuvo el polémico artículo 21, en contra de la opinión y de las protestas de la Unión Nacional en la calle y ante el Parlamento. De esa ley- añade Fraile- es de la que derivan todas las modificaciones posteriores, incluida la del ROTT.
Admite en relación este fallo que no es lo que esperaban ya que facilita el camino a la VTCs y entiende que reconducir la situación pasaría por cambios sustanciales en la citada ley Omnibus. Sin embargo "pese a que ve complicado que se retire la totalidad de la ley, porque es una cadena e implica a otros sectores, “seguirá trabajando en contra de la liberalización del sector”. Razón por la cual mantuvieron una primera reunión con la ministra de Fomento Ana Pastor, también recuerda Fraile que en diciembre de 2009, el PP, entonces en la oposición, se opuso a la aprobación de la Ley Omnibus.
Desde la Confederación del Taxi de España, CTE, su presidente Artemio Ardura ha calificado este fallo como una “dulcificación” para la entrada de nuevas VTCs. Considera que el taxi está ante un “golpe más hacia la liberalización desde las organizaciones demandantes”, pese a lo cual afirma con rotundidad que “no se ha liberalizado el sector”.También quiere dejar claro que esta sentencia no tiene nada que ver con la concesión de nuevas autorizaciones de VTCs.
En cuanto a la responsabilidad de UNALT, uno de los partes demandantes, Ardura no hace responsable a su actual presidente, ya que no fue él quien interpuso la demanda, pero si señala que debe ser Fraile quien deba decidir cuál será a partir de ahora la actuación a seguir de la Unión Nacional.