El acuerdo adoptado en junio de 2010 por la junta directiva de Federación Profesional del Taxi de Madrid, por el que se constituyó Teletaxi Madrid S.L, fue anulado judicialmente en instancias inferiores y, ahora, esa anulación ha sido confirmada por el Tribunal Supremo.
De esta forma, tanto la escritura de constitución de la sociedad limitada como su inscripción en el Registro Mercantil, han sido anuladas con dicha sentencia. El Tribunal Supremo rechaza de este modo el recurso de los anteriores dirigentes de Federación Profesional ante la demanda impuesta por tres socios de la asociación, que alegaron que dicho acuerdo para constituir TeleTaxi no se llevó a cabo a través de la Asamblea General y, por tanto, era contrario a las normas internas de la entidad.
El alto tribunal entiende que, al no ser adoptado en asamblea, los socios no pudieron tener conocimiento del acuerdo hasta que no fue notificado, por lo que se pudo incurrir en un acto no informado a los socios de Federación. Además, recalca el Supremo que la junta directiva constituía un órgano incompetente para llevar a cabo este tipo de decisión sin la aprobación de los miembros de la entidad representativa del taxi madrileño.