La compañía francesa podrá seguir ejerciendo su actividad en nuestro país ya que ha sido denegada la petición de suspensión cautelar que había presentado Confebus, asociación sectorial de autobuses.
Blablacar, que a través de su plataforma telemática facilita a los viajeros a que compartan los trayectos en coches particulares fue demandada por esta entidad patronal del sector del autobús. La resolución judicial definitiva, que debe ser tomada por el Juzgado de lo Mercantil número 2 de Madrid no se conoce aún. Mientras tanto, en base a esta última decisión judicial, la empresa acusada de competencia desleal podrá seguir llevando a cabo su actividad.
Esta información recogida por El Español, podría llegar a tener una influencia en el sector del taxi, teniendo en cuenta que se trata del mismo juzgado al que se le encargó la resolución del litigio entre la compañía norteamericana y el propio taxi.
Sin embargo, tal y como se explica en el citado medio, el tiempo que lleva operando Blablacar en España ha sido decisivo, pues la prescripción –instrumento jurídico que remite al tiempo de inicio de una determinada actividad- ha sido utilizada por la empresa francesa en su defensa. Esto significa que el tiempo que pasa desde que se inicia la actividad hasta que se interpone la demanda puede resultar clave en la resolución judicial.
De ahí que la situación de Uber, que actualmente está suspendida cautelarmente, es diferente precisamente por la rapidez con la que actuó el sector en llevar a los tribunales a la compañía californiana.