Los taxistas del municipio sevillano de Alcalá de Guadaíra disponen desde el pasado 18 de enero de su primera ordenanza del taxi aprobada en el pleno del Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra como actividad local de interés general en cumplimiento del nuevo reglamento de los Servicios de Transporte Público de Viajeros en Automóviles de Turismo de la Junta de Andalucía.
Según la delegada municipal de Gobernación, Mariló Gutiérrez Peral, "con esta Ordenanza realizamos una regularización más profunda del servicio que beneficiará al sector profesional y a los usuarios garantizando las mayores condiciones de competencia, fiabilidad y seguridad".
En el texto del Ayuntamiento, se especifican los derechos y deberes de profesionales y usuarios, y las condiciones de la obtención de las licencias, la prestación del servicio, la tipología de los vehículos, los taxímetros, las tarifas, la publicidad o los distintivos, entre los que se incluye el cambio de imagen de verde a azul alcalareño.
En cuanto al número de licencias, para la población actual (superior a los 73.000 habitantes), en el texto establecen 47 licencias, una por cada 1.569 ciudadanos, reservando un 5% a vehículos adaptados al transporte de personas con discapacidad.
Ejercicio actividad
Los vehículos prestarán un servicio de ocho horas al día, cuadrando el Ayuntamiento con los taxistas los descansos oportunos para que el servicio siempre esté cubierto. También se incluye en la Ordenanza el fomento de eliminación de contaminantes, pudiendo otorgar distintivos 'ecotaxi' o similares que llevarán aparejadas las ventajas que se estipulen desde el Consistorio.
Como condiciones indispensables está el ejercicio de la actividad por la persona física titular de la misma, la dedicación plena y exclusiva al taxi, el permiso de conductor de taxi expedido por el Ayuntamiento complementario al carné de conducir, así como que la iniciación de los servicios interurbanos deberá producirse dentro del término alcalareño. También se debe cumplir el régimen de paradas establecido, y las debidas condiciones de limpieza y aseo del vehículo y su conductor. Cualquier incumplimiento de las condiciones esenciales de la licencia se considera de manifiesta gravedad y conllevaría un proceso sancionador y la revocación de la misma.
El Consistorio, por su parte, tiene el compromiso de realizar un registro de las licencias, que se otorgan por tiempo indefinido, aunque deben pasar una constatación anual de mantenimiento de las condiciones.
Obligaciones
Los taxistas deberán llevar a bordo del vehículo siempre la documentación del mismo así como hojas de quejas y reclamaciones, el Reglamento del Servicio de Transporte Público, un ejemplar de la Ordenanza, así como un plano de la ciudad, las direcciones de los servicios de urgencias y centros oficiales, o los talonarios de recibos.
Se especifican también, entre otras cuestiones, que los vehículos no pueden superar los dos años de antigüedad en el momento de la obtención de la licencia, y que deben ser de cuatro puertas aunque no de carácter deportivo o todoterreno, teniendo homologados todos los accesorios, como las mamparas de seguridad, alarmas, taxímetros, etcétera.
Las normas de esta ordenanza se aplicarán conjuntamente con las contenidas en la demás normativa que le es de aplicación, como el mencionado Reglamento o la Ley de Ordenación de los transportes Urbanos y Metropolitanos de Viajeros en Andalucía. El Ayuntamiento dará difusión a la misma publicando tras su aprobación la ordenanza en la web municipal www.ciudadalcala.org.