Acuerdo de la CTE con Fomento para modificar el ROTT
Este encuentro con Fomento ha tenido lugar tras el acuerdo de las secciones del Taxi y Arrendamiento con Conductor del Comité Nacional del Transporte a mediados del pasado junio para la modificación del Reglamento de Ordenación del Transporte Terrestre (ROTT). Dicho acuerdo fue suscrito por CTE, UNIATRAMC, por parte del Sector del Taxi y FENEVAL, por parte del Sector del Arrendamiento de Vehículos con Conductor.
José Artemio Ardura, Luis Berbel e Iñigo Arruti fueron los miembros de la CTE que participaron junto con el Director General de Transportes, Manel Villalante y el Subdirector de Legislación, Emilio Sidera, del departamento jurídico del Ministerio de Fomento.
Junto a la modificación de
Propuesta de modificación en el CNT
Las dos secciones del Comité Nacional adoptaron a mediados de junio por mayoría absoluta la propuesta de modificación del ROTT en sus artículos 181, 182 y 197, básicamente en los siguientes aspectos:
a.- La ampliación a tres conductores por cada cuatro vehículos (en este momento son 2 por cada 3) en los vehículos de arrendamiento con conductor.
b.- La consolidación con rango reglamentario de la relación 1 por 30 establecida en la Orden de desarrollo, (es decir un vehículo de arrendamiento con conductor por cada treinta vehículos taxi.)
c.- El inicio de los servicios de arrendamiento con conductor deberá ser, con carácter general, en el municipio donde se haya otorgado la autorización (Con ello se trata de evitar la actual situación por la que muchas de las licencias de esta clase trabajan sistemáticamente en otros territorios diferentes al de la concesión, de forma irregular)
d.- El número mínimo de vehículos para montar una empresa de VTC se consolida en 10, (ahora se pueden consolidar con 4 vehículos, en algunos casos)
e.- Los contratos habrán de formalizarse en las oficinas de la empresa y en la realización de todos los servicios habrá de llevarse en el vehículo el contrato o la hoja de ruta debidamente formalizada con los datos de los pasajeros.
f.- Los vehículos de arrendamiento con conductor deberán de llevar signos externos que les identifiquen, como mínimo, a
g.- Se elevan a Reglamentarios los requisitos de medidas de los vehículos (alto, ancho, largo y potencia), ahora están únicamente en la Orden de desarrollo, Orden
FOM, y por tanto podrían llegar, incluso, a desaparecer con el consiguiente perjuicio si valiera cualquier vehículo.
También se modifica del artículo 197 (régimen sancionador) en el siguiente aspecto:
h.- La inclusión, como falta muy grave, de la realización de servicios de arrendamiento con conductor de forma habitual fuera del término Municipal en que se encuentre domiciliada la autorización. (En este momento son múltiples las denuncias contra vehículos que trabajan habitualmente fuera de su municipio y de su Comunidad autónoma incumpliendo la norma de la habitualidad).
Boicot de Unalt
Concluye su nota la CTE recordando que tras la reunión de junio, se dio un plazo de una semana a UNALT para sumarse al documento, y no lo hizo. Aptitud que en opinión de CTE, parece ser, responde a su estrategia de boicot a todas las iniciativas emprendidas por la Presidencia de la Sección que recae en