El TS suprime los artículos 44 y 45.3 del ROTT en contra del recurso de Unalt
Según el dictamen del tribunal, los citados artículos “han sido suprimidos en congruencia con la derogación llevada a cabo por la Ley 25/2009 de 22 de diciembre de los artículos 49 y 50 de la Ley 16/1988 de 30 de julio de Ordenación de Transportes Terrestres”. Los artículos 49 y 50 de la LOTT hacían referencia a la posibilidad de fijar restricciones de acceso al mercado de transporte, al igual que los artículos del ROTT que también van a suprimirse.
Por tanto, según este tribunal “en la medida en que los artículos 49 y 50 LOTT han sido derogados, resulta adecuado, ahora, suprimir los artículos del ROTT mencionados”.
Unalt no comparte los criterios del Tribunal
Tal y como explica en el comunicado, la Unión Nacional, argumenta en su impugnación que dichos artículos 44 y 45.3 del ROTT “deben mantenerse, debido a que el Ministerio de Fomento desde la aprobación de la Ley Ómnibus sostenía que todo se mantenía igual, sin perjuicio para el taxi, basándose en el artículo 3 y 15 de la LOTT”.
Tras conocerse la supresión de estos artículos del ROTT, 44 y 45.3, Unalt mantiene, en contra de la decisión del Tribunal Supremo, que “no deberían haber sido suprimidos”.