La CAM habilita el taxi de sustitución en caso de avería o accidente

Se acabó la espera. El nuevo Reglamento del Taxi de la Comunidad de Madrid entrará en vigor mañana, toda vez que se acaba de publicar en el Boletín Oficial de la región el decreto por el que se aprueba esta nueva normativa para el taxi madrileño.

El texto, además de las modificaciones esperadas en cuanto a la eliminación de la regulación horaria y el aumento del número máximo de licencia por titular a 15, introduce otra serie de novedades como la posibilidad de que el taxista pueda trabajar su licencia con un vehículo arrendado mediante un contrato de arrendamiento financiero o leasing, o mediante un contrato de arrendamiento a largo plazo o renting.

Otra de las grandes novedades aparece reflejada en el artículo 29.3 del nuevo Reglamento, que establece que, en caso de accidente o avería del vehículo, el titular podrá continuar prestando servicio, durante el tiempo que dure la reparación, utilizando un vehículo de similares características al accidentado siempre que cumpla con los requisitos establecidos en el reglamento y con la previa autorización del ayuntamiento correspondiente. También podrá usar como coche de sustitución un coche arrendado, que podrá ser más antiguo que el coche en reparación, pero nunca podrá tener más de 10 años de antigüedad.

Se establece en el nuevo texto que el órgano autonómico podrá autorizar que determinadas empresas cuenten con vehículos para que puedan ser utilizados por los titulares de las licencias como taxi durante el tiempo que dure la reparación de los accidentados o averiados. Esas empresas deberán dedicarse al arrendamiento de vehículos sin conductor; los vehículos que vayan a arrendar deberán cumplir los requisitos del reglamento y la normativa municipal; y deberán ser identificados externamente con la identificación de taxi de sustitución en las puertas laterales

Pago por plaza

Por otro lado, y en cuanto a las formas de contratación del servicio de taxi, la Comunidad de Madrid autoriza la contratación previa por plaza con pago individual, siempre que se cumpla lo dispuesto en el reglamento y se contrate con medios electrónicos que permitan garantizar los derechos de los usuarios respecto de las tarifas que le son de aplicación. Estos serán servicios a precio cerrado y estarán formados por un trayecto principal, solicitado por el primer viajero, y unos trayectos secundarios, que deberán discurrir siempre dentro del trayecto principal al objeto de facilitar la subida y bajada de viajeros en su realización.

Algunos taxis podrán no ser blancos

Se incluye una novedad en el artículo 25, que introduce una excepción a la obligatoriedad de que los taxis sean blancos y porten el escudo identificativo del municipio al que pertenecen. Concretamente, se habilita a que, atendiendo a la potencia fiscal y longitud de determinados vehículos, así como a otras a características, o por dirigirse a un colectivo determinado, algunos taxis no sean de color blanco, o no usen determinados distintivos.

Fin a la regulación horaria

Como se preveía, y siendo una de las cosas que más revuelo ha generado en el nuevo texto, la Comunidad de Madrid establece en el artículo 41.2 del Reglamento que los Ayuntamientos podrán limitar el número de licencias de taxi en servicio únicamente dos días a la semana. Esta limitación no se aplicará a los titulares de licencias de taxi adaptadas a personas con movilidad reducida. En ningún caso se podrá limitar el número máximo diario de horas que los taxis puedan prestar servicio los días que trabajan.

Por otro lado, y también esperado y sonado, se establece que el número máximo de licencias que pueda tener una persona, ya sea física o jurídica, sea de 15.

Por último, la Comunidad de Madrid recuerda la obligatoriedad para los taxistas de tener un conocimiento del castellano que permita la comprensión de las indicaciones de los usuarios, y cuando así se establezca en las ordenanzas de los ayuntamientos, los taxistas deberán tener conocimientos básicos de inglés, de primeros auxilios y del manejo de dispositivos digitales con mapas de navegación.

La Comunidad de Madrid, en su justificación del decreto, entiende que los hábitos de los ciudadanos en materia de movilidad han evolucionado muy rápido, y por ese motivo, resulta conveniente la adopción de nuevas medidas para flexibilizar servicios como el del taxi./TAMBIÉN ES NOTICIA