La CAM publica el primer borrador del Reglamento de VTC

La Comunidad de Madrid ha publicado un borrador del Reglamento para las VTC. Conoce las principales novedades de un texto que está en periodo de consulta pública y sobre el que se presentarán distintas alegaciones.

La Comunidad de Madrid ha publicado el primer borrador del Reglamento de vehículos de alquiler con conductor (VTC) para regular la actividad de estos servicios en territorio regional. Entre las principales novedades se incluye un examen que deberán superar los conductores para acceder a la profesión, y la obligación de que los vehículos que presten servicio sean ECO o cero emisiones.

El borrador se ha hecho público una vez modificada la Ley 5/2022 de 9 de junio o Ley VTC de la Comunidad de Madrid que habilitaba a estos vehículos a realizar servicios urbanos y que, durante el último pleno de la legislatura, el pasado 23 de marzo, vio como la Asamblea de Madrid por fin incluía un régimen sancionador para las VTC. El borrador del Reglamento de las VTC se ha dado a conocer antes incluso de que se haya publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid esta última modificación legislativa que incluía, al fin, ese régimen sancionador para las VTC.

En virtud de esa ley, y así consta en el borrador del Reglamento, para que las VTC puedan realizar servicios urbanos en la Comunidad de Madrid es necesario que los titulares obtengan una autorización específica y para ello deberán cumplir con los requisitos que aparecen en el texto reglamentario.

Novedades del texto

Entre las medidas incluidas en el texto destaca la obligación de que al menos el 5% de la flota esté adaptada a personas con movilidad reducida; así como la necesidad de cumplir con las obligaciones fiscales, laborales y sociales exigidas en la legislación.

Establece en el artículo tercero que los conductores deberán figurar en la plantilla de la empresa en situación de alta en el régimen de la seguridad social que corresponda, además de no parecer enfermedad infecto-contagiosa o impedimento físico o psíquico que imposibilite el normal ejercicio de la profesión. Además, establece una prueba de conocimientos para el acceso de la profesión, y una vez superada una prueba, se concederá un permiso. Los conductores que estén trabajando en las VTC tendrán 18 meses desde que entre en vigor el Reglamento para superar esas pruebas.

Los vehículos que presten servicio de arrendamiento con conductor tendrán una antigüedad máxima de 10 años y deberán estar clasificados con el distintivo ambiental ECO o cero emisiones. Los vehículos que a la fecha de entrada en vigor del nuevo reglamento tengan etiqueta C y estén prestando servicio VTC, podrán hacerlo hasta 2026.

Acotación de la captación en vía pública

Según el borrador del texto, las VTC no podrán circular por las vías públicas en búsqueda de clientes ni propiciar la captación de viajeros que no hubiesen contratado el servicio previamente. Sin embargo, especifica el reglamento, que el hecho de circular o estacionar en la vía pública sin servicio contratado no supone propiciar la captación. Para entender que se está propiciando la captación debe haber una “conducta activa del conductor” de VTC “tendente a esa finalidad”. Se entenderá que está propiciando la captación cuando “se encuentren estacionados en el aeropuerto, estaciones de ferrocarril y de autobuses, y cualquier otro lugar donde exista una afluencia masiva de personas sin estar previamente contratados”.

Especifica de nuevo el reglamento que los servicios, además de ser precontratados, deben ser comunicados en el Registro de VTC de la Comunidad de Madrid con carácter previo a su prestación. Indica el borrador que hasta que el registro de VTC de la CAM no esté en funcionamiento, deberán comunicarlo a la web de control nacional. El registro de control, según expone el texto, se deberá aprobar en el plazo de dos años.

En total son 11 artículos donde se regula la actividad de las VTC, además cuenta con cuatro disposiciones transitorias y cuatro disposiciones finales, donde se determinan, entre otras cosas, en qué situaciones se aplicará la normativa estatal.

El proyecto se encuentra en el trámite de consulta pública y ahora el Comité Madrileño de Transporte por Carretera está habilitado para presentar cuantas alegaciones considere oportunas. Desde el taxi, Julio Sanz, presidente de la Federación Profesional del Taxi, ya ha considerado este texto como un “reglamento light, con pocas obligaciones para las VTC y que está inspirado en la ley de VTC de Ayuso que a nuestro juicio infringe la Ley de Bases del Régimen Local quitando la posibilidad a los ayuntamientos de gestionar, ordenar y sancionar a las VTC”.

“Una vez que esté publicada la última modificación de la Ley de VTC estudiaremos la posibilidad de presentar un recurso”, advierte el representante de los taxistas, que también está a la espera de que finalmente la Comunidad de Madrid publica el Reglamento del Taxi./TAMBIÉN ES NOTICIA

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