Europa abre la puerta a restringir las VTC “con medidas menos lesivas que el 1/30”
En la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que hemos conocido esta mañana, los magistrados han dejado claro que la ratio de 1/30 entre VTC y taxis es contrario al derecho comunitario y es una medida que no está justificada en razones de interés general. Sin embargo, el TJUE abre la puerta a poder restringir los vehículos de alquiler con conductor para garantizar el tráfico, el espacio público y la protección del medio ambiente.
Concretamente, en la sentencia a la que ha tenido acceso este medio, el TJUE establece que es evidente el posible impacto que puede tener la flota de las VTC en el transporte, en el tráfico y en el espacio público de Barcelona, y que por lo tanto, pueden “limitarse adecuadamente a través de medidas menos restrictivas, como medidas de organización de los servicios de VTC, limitaciones de estos servicios durante determinadas franjas horarias o incluso restricciones de circulación en determinados espacios”.
En lo relativo a la protección del medio ambiente, establece que se pueden alcanzarse con medidas “menos lesivas” para la libertad de establecimiento, como “límites de emisión aplicables a los vehículos que circulan por la conurbación de Barcelona”.
En cualquier caso, declara el TJUE, que serán los órganos jurisdiccionales, en este caso el TSJC, el que deba “verificar que se haya acreditado ante él la imposibilidad de alcanzar los objetivos perseguidos a través de medidas menos restrictivas”./TAMBIÉN ES NOTICIA