Mazazo definitivo del Supremo al 1/30

Por fin llegó el día. El Tribunal Supremo ha emitido su sentencia con respecto al 1/30 y lo ha hecho, como se esperaba, respaldando la decisión del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que dio a conocer el pasado mes de junio de 2023. Las VTC no pueden denegarse por la regla de proporcionalidad 1/30 y ahora deberán ser las administraciones las que, si lo hacen, lo justifiquen por razones imperiosas de interés general.

En concreto, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha estimado parcialmente un recurso presentado por la empresa de VTC Maxi Mobility Spain (Cabify) contra una resolución de la Comunidad de Madrid de 2018 en la que se le denegó la concesión de 1.000 VTC. La administración madrileña basó entonces su negación en que, de conceder esas 1.000 VTC, se superaría la ratio de 1 VTC por cada 30 taxis que entonces estaba vigente en la Ley Orgánica de los Transportes Terrestres (LOTT).

Sin embargo, el Alto Tribunal recuerda que, en el mes de junio, el TJUE fijó que la limitación o proporcionalidad 1/30, aunque no suponía una ayuda estatal hacia el taxi, sí que era contraria a la libertad de establecimiento fijada en el artículo 49 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.

Y en base a esa sentencia del tribunal comunitario, el Supremo ahora estima parcialmente el recurso de Maxi Mobility Spain porque la negación entonces de la Comunidad de Madrid a conceder esas autorizaciones se basaba en esta proporcionalidad 1/30. Recuerda el Supremo que, de acuerdo con la doctrina europea, solo se pueden limitar la concesión de autorizaciones cuando concurran “imperiosas razones de interés general que la justifiquen”.

Pese al contenido de la sentencia, el Supremo aclara que el acto denegatorio no puede suponer la concesión inmediata de 1.000 VTC a la empresa solicitante, sino que simplemente ordena la retroacción del procedimiento a la Comunidad de Madrid, que será la encargada de resolver si concede o no ese millar de autorizaciones VTC. En cualquier caso, ya no se podrá justificar la negativa a dar esas autorizaciones por el 1/30.

Esta sentencia abarca solo un procedimiento de los muchos que hay abiertos directamente relacionados con este asunto. Por lo tanto, se iniciar ahora un tiempo de gran incertidumbre ya que precisamente el 1/30 había sido la razón utilizada por los tribunales para denegar miles de autorizaciones de vehículos de alquiler con conductor (VTC) en nuestro país.

Las empresas de VTC van a reclamar esas miles y miles de autorizaciones y habrá que ver hasta que punto tiene efecto el Real Decreto que el Gobierno aprobó a finales de junio, apenas cuatro semanas después de conocerse sentencia europea- Dicho texto, que vio la luz tras protestas del taxi que tuvieron lugar en Barcelona, nació con el objetivo de intentar proteger el taxi como un servicio de interés general y limitar la concesión indiscriminada de VTC por razones como el medioambiente o el espacio público.