El TJUE debe volver a pronunciarse sobre el 1/30
Admitiendo que puede resultar dificil de explicar, la sentencia que hemos conocido hoy por parte del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre el 1/30 no es la única que deberán analizar los magistrados europeos. La decisión conocida hoy responde a una cuestión prejudicial emitida por el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC), pero aún está pendiente otra cuestión prejudicial sobre el mismo asunto que emitió por el Tribunal Supremo español meses más después de hacerlo el TSJC.
El tribunal catalán trasladó al TJUE dudas sobre el 1/30 y la doble autorización de VTC que estaban recogidas en un reglamento del Área Metropolitana de Barcelona (AMB) que entró en vigor en julio de 2018. La empresa Prestige and Limousine (Cabify) recurrió ese reglamento ante el TSJC, que trasladó las cuestiones prejudiciales a Europa y que hemos conocido hoy.
Sin embargo, el Tribunal Supremo, en julio de 2021 y también tras un recurso presentado por una filial de Cabify, aceptó replantearse su propia sentencia de 2018 donde avalaba el 1/30 al considerar que era una medida idónea para equilibrar los taxis y las VTC. El Alto Tribunal español, tras aceptar estudiar de nuevo su sentencia, también decidió remitir al TJUE una correspondiente cuestión prejudicial.
La vista aún no se ha celebrado y tras ella, deberán pasar meses para conocer, en primer lugar, el dictamen del abogado general y, por último, la sentencia sobre dicho asunto. No obstante, tal y como nos ha explicado Julio Sanz, presidenta de la Asociación Nacional del Taxi (Antaxi) “aunque el replanteamiento que hace el Supremo lo hace con otras preguntas y otra formulación, lo que está claro es que esta primera sentencia marcará el paso para el futuro”./TAMBIÉN ES NOTICIA