El Juzgado de lo Contencioso Administrativo Número 5 de Madrid ha desestimado el recurso presentado por la Federación Profesional del Taxi (FPTM) en contra del Ayuntamiento de la capital por una supuesta dejación de funciones en el control de las VTC que no respetan la Ordenanza de Movilidad Sostenible.
En la resolución, con fecha del pasado 22 de abril de 2021, el juez rechaza la petición de los taxistas de impedir la circulación de las VTC propulsadas con motores diesel. El magistrado considera que esta petición es redundante, ya que la propia ordenanza impide la circulación de estos vehículos. La justicia recuerda que la norma ya trae consigo la prohibición de circular a aquellos taxis y VTCs que no tengan etiqueta Cero o Eco.
FPTM, que también acusó al equipo de Almeida de un “delito ecológico y prevaricación”, sostenía que las multas por infringir la ordenanza “no son disuasorias” y solicitaba que se aumentase la cuantía de estas sanciones. En este punto, el magistrado apunta que no le corresponde pronunciarse sobre el régimen sancionador aplicable por el Ayuntamiento respecto de los incumplimientos de la Ordenanza.
Los taxistas también acusaban en su recurso al Ayuntamiento por no cumplir sus funciones de seguimiento y no incoar las multas necesarias. En este punto, el magistrado señala que el Consistorio si ha realizado campañas de vigilancia contras las VTC./TAMBIÉN ES NOTICIA