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27/11/2015 10:08:21 - Gaceta del Taxi

Desestimado el cierre cautelar de Cabify


El juzgado de lo Mercantil número 12 de Madrid ha rechazado la solicitud de cierre cautelar que interpuso la Federación Profesional del Taxi como parte demandante en el proceso contra Cabify.

 

El pasado día 4 de noviembre tuvo lugar la vista en la que se trató precisamente la aplicación o no de estas medidas cautelares en la sede del juzgado encargado del caso. Allí, la abogada de Cabify alegó prescripción en su defensa, instrumento jurídico por el cual consideraba que la empresa había estado operando demasiado tiempo como para que incurriese en estos momentos en competencia desleal.

 

“La demanda intenta confundir a Cabify con otras economías colaborativas”, insistió la letrada, que definió a la empresa como “una agencia de viajes que está constituida como tal ante las autoridades competentes”.

 

Así las cosas, tres semanas después se ha conocido la decisión de la jueza Ana María Gallego Sánchez ante esta petición. Decisión que va en consonancia por la adoptada en el día de ayer contra la empresa Blablacar, pues la prescripción también fue el instrumento en el que se baso el juez para desestimar tales cierres cautelares.

 

La jueza, en su auto que data del 23 de noviembre, recordó que la actividad de Cabify se trata de una situación “prolongada en el tiempo” y recordó a la parte demandante que si ya en 2012 había protestas contra la actividad de esta aplicación, se tendría que haber presentado queja en los juzgados con anterioridad.

 

 

En la imagen, la jueza Ana María Galledo, del Juzgado Número 12 de lo Mercantil de Madrid

 







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