El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 16 de Barcelona ha desestimado un recurso interpuesto por la empresa Prestige & Limousine, del grupo Cabify, contra una multa impuesta por la Generalitat por el incumplimiento del periodo mínimo de precontratación de 15 minutos establecido por el reglamento autonómico.
De esta forma, y tal y como explicó el conseller de Territori i Sostenibilitat, Damiá Calvet, la justicia avala la normativa catalana de VTCs y, en concreto, el periodo mínimo de tiempo que debe transcurrir desde que se reserva el servicio hasta que efectivamente se presta.
La Generalitat ha celebrado la sentencia judicial, contra la que no cabe recurso, dando fuerza a la regulación de VTCs que aprobaron en 2019. Se trata de la primera sentencia que se dicta sobre recursos presentados por las sanciones que la Generalitat impuso a conductores que no respetaban este periodo de contratación, y al no caber recurso, desde la administración explican que “puede marcar doctrina”.
Cabify, que defendía en su recurso que solo con darse de alta en su aplicación se estaba formalizando un contrato de transporte, también solicitó en su escrito elevar esta cuestión a instancias europeas, cosa que también ha sido rechazada./TAMBIÉN ES NOTICIA