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13/12/2022 - La Gaceta del TAXI

Día clave para el futuro del 1/30


A lo largo de esta mañana se conocerá el dictamen del abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre la vista que tuvo lugar el pasado mes de octubre donde se debatió si la proporcionalidad 1/30 entre VTCs y taxis es contraria al derecho comunitario.

 

El dictamen elaborado por Maciej Szpunar, que es el abogado general del TJUE sobre este asunto, se hará público en el día de hoy en la web del tribunal, tras la vista que se celebrará en Luxemburgo. Hay que tener en cuenta la importancia de este texto ya que en casi un 70% de los casos, las sentencias finales de la Justicia Europea van en la misma línea de lo que expresa el abogado general.

 

La Gran Sala del TJUE valoró el pasado 5 de octubre la cuestión prejudicial presentada por el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) en la que preguntaba sobre si el reglamento del AMB de 20218 vulneraba o no la normativa comunitaria en materia de competencia, sobre todo la regla de proporcionalidad 1/30 entre VTCs y taxis.

 

En la citada vista estuvieron presentes representantes jurídicos tanto de la Asociación Élite Taxi Barcelona como de la Asociación Nacional del Taxi (Antaxi) y la Agrupaciò Taxi Companys (ATC). El Sindicat del Taxi de Catalunya (STAC) también estuvo presente, aunque su representación jurídica estaba en manos del despacho José María Baños León, el mismo que Antaxi.

 

Desde el taxi, los abogados de las Élite Taxi Barcelona, Antaxi y ATC defendieron que la regulación del taxi va encaminada a la protección del sector como servicio de interés general. Por eso, entiendan que debía defenderse un númerus clausus para protegerlo, tal y como tuvo en cuenta el Tribunal Supremo español cuando avaló el 1/30 en su sentencia de 2018.

 

En una línea parecida, según explicó Élite Taxi en un comunicado, actuó el abogado del Reino de España, sosteniendo que la limitación del 1/30 es compatible con el artículo 49 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) porque, aunque haya limitación, es necesaria, proporcionada y no discriminatoria.

 

La VTC como servicio de interés general

 

Además de organizaciones del taxi, en la vista también acudieron representantes del sector de las VTCs como Prestige Limousine o Tapoca VTC1. También la Comisión Europea presentó sus argumentos.

 

Desde las VTCs defendieron que su servicio debe considerarse de interés general, dadas las ventajas que traen consigo a la ciudadanía con respecto a reducir las emisiones, el uso del coche privado y generar más presión competitiva que ha servido para mejorar el taxi.

 

Durante su exposición, el representante de la Comisión Europea afirmó que las restricciones de la regulación limitan la libertad de establecimiento contemplada en el citado artículo 49 del TFUE, pero la cuestión a analizar es si tal restricción justificada por razones imperiosas de interés general es proporcionada y no discriminatoria./TAMBIÉN ES NOTICIA










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