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30/11/2023 - La Gaceta del TAXI

Diez años después de su creación, sube la tarifa 4 del aeropuerto


El Ayuntamiento de Madrid ha actualizado las tarifas del taxi, que entrarán en vigor a partir del 1 de enero de 2024, para adecuarlos a la realidad económica actual. La actual modificación de tarifas supone un aumento ponderado del 2,11 %, en línea con el IPC interanual del Transporte de la CAM del mes de septiembre, y la novedad más significativa es la actualización del importe de la tarifa 4 del aeropuerto, que no experimentaba cambios desde su aprobación en 2014.   

 

En la fijación de las tarifas se han tenido en consideración la evolución de los índices de precios, la mejora de la calidad del servicio del taxi y el coste que supone para los titulares de las licencias la necesidad de ofrecer a los ciudadanos un servicio con un coste equilibrado. 

 

Precios de las tarifas

 

En relación con la tarifa 4, aplicable a viajes entre el Aeropuerto Adolfo Suárez Madrid-Barajas e interior de la M-30, pasa de 30 a 33 euros. Se mantiene como una tarifa fija en los viajes con origen y destino del aeropuerto al interior de la M-30 y viceversa. No admite la suma de ningún suplemento ni de la cuantía fijada para los servicios contratados previamente.   

 

La franquicia kilométrica de la tarifa 3, aplicable a los servicios de salida del Aeropuerto Adolfo Suarez Madrid–Barajas y con destino la zona exterior a la M-30 se aplicará a viajes de hasta 9 km de distancia desde el aeropuerto y continúa siendo de 20 euros. Una vez superada esa distancia, el taxímetro continuará contabilizando en la tarifa que le corresponda, teniendo su reflejo correspondiente en el módulo tarifario. La carrera mínima del aeropuerto no será de aplicación para los servicios previamente contratados. 

 

Por su parte, la tarifa 1 pasa de 23,75 a 25 euros/hora, lo que supone un incremento de 1,25 euros/hora con respecto a la tarifa vigente, mientras que la tarifa 2 (nocturna y de fin de semana) permanece sin cambios. 

 

La tarifa 7 fija una franquicia kilométrica de 1,4 kilómetros. Superada esta distancia o tiempo inicial equivalente, el taxímetro continuará contabilizando en la tarifa que le corresponda, teniendo su reflejo correspondiente en el módulo tarifario. 

 

En relación con los horarios de aplicación de las tarifas, la 1 se aplicará los días laborables de lunes a viernes de 07:00 a 21:00 h mientras que la 2 lo hará todos los días de 21:00 a 7:00 h y sábados, domingos y festivos de 7:00 a 21:00 h. Las tarifas 3, 4 y 7 serán de aplicación las 24 horas los 365 días del año. 

 

La propuesta de estas nuevas tarifas se lleva a cabo tras las reuniones mantenidas con las asociaciones representativas de titulares de licencias de autotaxi (Federación Profesional del Taxi, la Asociación Gremial de Autotaxi y la Asociación Madrileña del Taxi).







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