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27/06/2023 - La Gaceta del TAXI

El Gobierno modifica la LOTT para regular el número de VTC


El Consejo de Ministros acaba de aprobar en el día de hoy un Real Decreto que modifica la Ley de Ordenación del Transporte Terrestre (LOTT) y condiciona el otorgamiento de autorizaciones de vehículos de alquiler con conductor (VTC) al cumplimiento de criterios medioambientales, así como por cuestiones de gestión del tráfico y del espacio público.

 

Nadia Calviño, vicepresidenta del Gobierno y ministra de Asuntos Económicos, ha explicado en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros esta modificación de la citada LOTT por la que el Gobierno establece una serie de criterios medioambientales y de espacio público que se deberán cumplir, pudiendo denegarse la concesión de autorizaciones si en el momento del otorgamiento se superan ciertos límites. 

 

Dichas limitaciones se introducen en los nuevos apartados 5,6,7 del artículo 99 de la LOTT. En concreto la ley establece ahora que la autorización VTC será denegada si en el momento del otorgamiento se supera el valor límite anual de No2 o PM2,5 o valor objetivo o valor objetivo a largo plazo del O3 regulados en la normativa de mejora de la calidad del aire, en alguna zona o aglomeración incluida en la comunidad autónoma en la que pretenda domiciliarse la autorización, de conformidad con informe de Ministerio de Transición Ecológica. También indica el Real Decreto que las CCAA podrán establecer otros criterios de mejora de calidad del aire en el marco de lo previsto en el derecho europeo.

Los criterios no se aplicarán en los supuestos en los que el coche sea eléctrico cero emisiones de batería, de célula de combustible o de hidrógeno, en cuyo caso la autorización solo habilitará a realizar servicios de VTC si el coche adscrito está incluido en alguna de esas categorías.

 

El Gobierno asegura que, sin por la aplicación de estos criterios no se otorgara la autorización, se suspenderá el procedimiento, que podrá reanudarse en cualquier momento, previa solicitud del interesado que acredite, eso sí, el cumplimiento de dichos criterios en el plazo de tres años desde la notificación inicial del incumplimiento. 

 

En lo que respecta a la gestión del tráfico, la ley establece que deberá utilizarse un criterio objetivo de congestión viaria que podrá estar basado en un indicador que refleje la diferencia entre la velocidad media en condiciones de flujo libre y la velocidad registrada en distintos momentos del día y otros criterios que pueden establecer las comunidades autónomas.

 

Las Comunidades Autónomas, con el objetivo de garantizar el cumplimiento de lo establecido por el Gobierno, podrán limitar cada solicitud a un número máximo de autorizaciones de VTC siempre con una justificación motivada y proporcionada.

 

Vía libre para la doble autorización

 

En la modificación de la LOTT, el Gobierno ha aprobado que las entidades locales puedan establecer, en el ejercicio de sus competencias, medidas aplicables a la prestación de cualquier tipo de transporte público de viajeros en vehículos de turismo, acordes con las necesidades y características de cada localidad.

 

Esto incluye la solicitud de una autorización local, que deberá estar justificada por razones de interés público tales como la protección del medioambiente urbano o garantía de seguridad vial y resultar proporcionadas garantizando en todo caso la sostenibilidad, calidad y seguridad de los servicios de interés público involucrados.

 

Hemos aprobado la introducción de criterios medioambientales y de gestión del tráfico para consolidar la convivencia entre el taxi y las VTC.

Una regulación que se alinea con el marco comunitario, favorece la competencia leal y repercute en mejores servicios para los ciudadanos.

— Raquel Sánchez (@raquelsjimenez) June 27, 2023

 

El taxi, declarado como servicio de interés público

 

En la modificación aprobada hoy por el Gobierno, el transporte de viajeros en taxi, sin perjuicio de las competencias de las comunidades autónomas para establecer otra regulación, tendrá la consideración de servicio de interés público.

 

Establece el Gobierno que, en virtud de esta calificación, los instrumentos de planificación y ejecución de políticas públicas llevadas a cabo por las distintas administraciones “deberán garantizar la prestación de un servicio de calidad para todos los usuarios, no discriminatorio y con una cobertura de prestación suficiente en todo el territorio, mediante la adopción de medidas que determinen y delimitan la naturaleza, duración y alcance de las obligaciones competentes”./TAMBIÉN ES NOTICIA










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