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28/11/2018 11:02:41 - Gaceta del Taxi

El límite de 15 años de antigüedad para un taxi es contrario a la ley


Un juzgado de Sevilla ha considerado “contrario a la Ley” el artículo de la Ordenanza del Taxi de la capital andaluza según el cual, los vehículos taxi no pueden prestar servicio una vez hayan transcurrido 15 años desde su primera matriculación.

 

La sentencia, recogida por Europa Press, aborda un recurso contencioso  administrativo presentado por un taxista de Sevilla contra una declaración del Instituto del Taxi de la capital que se negaba a renovar su licencia de taxi y contenía la denegación del visado de la misma precisamente porque su vehículo contaba con “más de quince años desde su primera matriculación”.

 

Sin embargo, ahora el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número ocho de Sevilla informa en primer lugar que en el Reglamento Andaluz de los Servicios de Transporte Público de Viajeros en Automóviles de Turismo se establece como única limitación en cuanto a la antigüedad del vehículo la que se refiere al momento de otorgamiento inicial de la licencia, que exige una edad máxima de dos años del coche. Dicha antigüedad también ha sido anulada en esta sentencia, que en cualquier caso reconoce que en el reglamento andalúz no se hace referencia a una edad máxima del coche una vez otorgada la licencia.

 

El Juzgado avisa que el artículo de la ordenanza que impone ese límite de 15 años contraviene la Ley de Transportes Urbanos y Metropolitanos de Viajeros en Andalucía, que no establece limitación para la prestación del servicio basada en la antigüedad del vehículo y, por lo tanto, con esa limitación se estaría impidiendo el acceso al sector del taxi.

 

Por ese motivo, al considerar que dicho artículo es contrario a la ley, se anula la declaración desfavorable al taxista emitida por el Instituto del Taxi de Sevilla, y el Juzgado informa que una vez que la sentencia sea firme  se planteará una cuestión de ilegalidad a la instancia superior, en este caso al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.










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