El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) no ha admitido el recurso presentado por Élite Taxi Barcelona contra la resolución de la Autoritat Catalana de la Competencia (ACCO) en la que multaba a la organización de taxistas con una sanción de 122.910 euros por un supuesto boicot a la aplicación Uber.
La sección quinta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJC ha declarado la inadmisión del recurso presentado por Élite por “inadecuación del procedimiento”. Élite Barcelona presentó su recurso solicitando la especial protección de sus derechos fundamentales como la libertad de expresión, el derecho de asociación y defensa colectiva de intereses, y el derecho de reunión.
Sin embargo, según explica El Economista, la sala entiende que el recurso debe desestimarse porque la asociación de taxistas lleva a cabo una mera invocación de los derechos fundamentales y no expresa “los argumentos sustanciales que den fundamento al recurso”.
No obstante, Élite Barcelona, como también recuerda el propio TSJC, puede acudir a la vía ordinaria puesto que el hecho de que no se haya admitido la vía de la especial protección de derechos fundamentales, no implica que se haya juzgado el fondo del asunto. La asociación ya acudió a esa vía ordinaria por si está extraordinaria finalmente no era aceptada como así ha sido./TAMBIÉN ES NOTICIA