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08/04/2021 - Gaceta del Taxi

El TSJM reitera la nulidad del Reglamento tras el recurso de Plataforma Caracol


La Asociación Plataforma Caracol también presentó un recurso contra la modificación del Reglamento del Taxi que aprobó la Comunidad de Madrid en abril de 2019. Ahora, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, al igual que hiciera con el recurso interpuesto por Federación Profesional del Taxi, ha estimado la reclamación presentada por Caracol y ha reiterado la nulidad del texto aprobado por el Gobierno Regional entonces dirigido por Ángel Garrido.

 

En su demanda, la Plataforma Caracol solicitaba que se anulase el Decreto 35/2019 por el que se modificaba el Reglamento del Taxi al entender que la actuación administrativa para su aprobación no era conforme e Derecho. Además, la organización también solicitó que se declarasen nulos los artículos que hacían referencia a la posibilidad de que las personas jurídicas pudieran ser titulares de licencias municipales de taxi.

 

La asociación presidida actualmente por Ignacio Castillo, hizo hincapié en su recurso en que algunos artículos del Reglamento que finalmente fueron aprobados en abril de 2019, no constaban en el proyecto que inicialmente se había presentado a las asociaciones del taxi. Además, desde Caracol insistieron en que los preceptos relativos a la persona jurídica eran contrarios a derecho y su aprobación no estaba justificada en aras del principio de igualdad.  

 

El TSJM, en la sentencia que estima el recurso de Caracol, se remite al procedimiento iniciado por FPTM y, ateniéndose al principio de unidad de criterio, justifica su posición de declarar nulo el Reglamento. En concreto, la Sala recuerda que en la redacción final del texto se introdujeron modificaciones sustanciales que no se trata de simples ajustes, puesto que introducen cambios que modifican el régimen jurídico del servicio de taxi.

 

Por esa razón, entiende la justicia que debe ser declarado nulo el Reglamento, estimando el recurso de la Plataforma Caracol, tal y como hizo previamente con el recurso presentado por la FPTM, y confirmando la mala actuación de la Comunidad de Madrid en este caso.

 

“Este salvaje Reglamento que nos metió la Comunidad de Madrid ha sido parado por el TSJM por irresponsabilidades administrativas”, sostienen desde Caracol, que explican que la administración “pretendía introducir la persona jurídica, sabiendo que el régimen jurídico del servicio de taxi está conformado por personas físicas”. “Esta sentencia paraliza las pretensiones de unos administradores públicos que pretenden desnaturalizar el servicio público del taxi”, explican en la organización./TAMBIÉN ES NOTICIA







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