La nueva Ordenanza Reguladora del Taxi de Madrid por fin se ha publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad, veintiún días después de que fuese aprobada en el Pleno del Ayuntamiento. El texto que finalmente ha quedado publicado ha generado cierta polémica puesto que aspectos como la licencia por puntos pueden llevar a equívoco, y así lo han manifestado algunas organizaciones del sector.
Entras las novedades del texto destaca la introducción del precio cerrado, la posibilidad de reservar un servicio por plaza individual, o que los titulares de vehículos Eurotaxi o 100% eléctricos queden al margen del régimen de descanso y no deban cumplir con el día de libranza obligatorio.
Aparece, por lo tanto, desarrollado por primera vez el precio cerrado (no precio máximo), y se establece que será posible saber el precio final siempre que los servicios hayan sido precontratados. Además, para estos servicios previamente reservados, también se abre la posibilidad de contratar el taxi no de forma global, sino por plazas (taxi compartido).
Polémica con la licencia por puntos
Por otro lado, en el artículo 70 de la nueva Ordenanza se establece la licencia de autotaxi por puntos. Este nuevo sistema sancionador que busca acabar con la reincidencia de malas prácticas de algunos taxistas ha generado desconcierto en el sector. Pese a que el preámbulo del texto sostiene que afecta a los titulares de licencia, en el mencionado artículo se explica que a cada conductor de taxi se le asignará un saldo de 8 puntos que se verá reducido por cada sanción grave o muy grave que se imponga. El punto 2 del artículo 70, por su parte, vuelve a referir que el saldo de puntos asignados a las licencias de taxi se verá reducido por cada sanción que se imponga a sus titulares por la comisión de infracciones.
Pero ahí no acaba la dificultad de interpretación de lo que ha redactado el Ayuntamiento, dado que en el siguiente artículo se vuelve a apuntar a que este sistema sancionador afecta al conductor, y también reiteran que afecta al conductor en el Anexo III de la nueva Ordenanza.
Eurotaxis y 100% eléctricos, sin descanso
La nueva ordenanza también establece que cualquier titular podrá adscribir un vehículo Eurotaxi a su licencia. Estas licencias, explica el texto, estarán exentas del régimen general de descanso y no tendrán que llevar en el vehículo la letra que marca su día de libranza puesto que no tienen que cumplir con ese régimen. Lo mismo sucederá con los que tengan adscrita a su licencia vehículos eléctricos puros.
El nuevo texto regulador también contempla que, cuando la disminución de la demanda supere al 50% de la media de los dos meses precedentes o del mismo mes del año anterior, excluido agosto, el Ayuntamiento, previa consulta de las organizaciones del sector, podrá declarar una situación excepcional por un plazo renovable de un mes en el que solo podrán trabajar un día las licencias pares y otro día las licencias impares.
En cuanto al acceso a la profesión de taxistas, se establece como requisito obligatorio no haber sido condenado por delitos de naturaleza sexual. Este requisito se acreditará mediante la presentación de certificado por parte del interesado. Tampoco será obligatorio haber aprobado la Educación Secundaria Obligatoria (ESO).
SOS en el luminoso
Por otro lado, la nueva normativa también permitirá a los titulares que así lo requieran, instalar junto a la capilla un módulo luminoso SOS con la posibilidad de activarlo como aviso de socorro en caso de incidentes en su interior. El dispositivo podrá activarse como aviso de socorro y auxilio durante la prestación de servicio.
Los taxistas madrileños quedarán obligados en base al nuevo texto a llevar un sistema de bucle magnético en sus vehículos para facilitar la comunicación con personas con discapacidad auditiva.
También quedarán obligados los titulares de licencia a facilitar, a requerimiento del Ayuntamiento de Madrid, los datos de los totalizadores de los taxímetros y deberán conservar estos datos durante el periodo de un año.
Se establece por otro lado un código de vestimenta que deberán cumplir los taxistas que deberán llevar camisa o polo liso, sin estampados; pantalón largo o falda, ambos de vestir y oscuros; jersey, chaleco o chaqueta oscuros; y zapatos cerrados oscuros. Se admitirán además las serigrafías que identifiquen a las empresas o asociaciones vinculadas al sector del taxi.
Contra la presente ordenanza, las organizaciones podrán interponer un recurso contencioso administrativo ante la Sala del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de este texto en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid. /TAMBIÉN ES NOTICIA
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