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16/07/2019 - Gaceta del Taxi

En vigor los artículos no suspendidos del reglamento de VTC del AMB


En el día de ayer entró en vigor el reglamento de VTC del Área Metropolitana de Barcelona (AMB) a excepción de los artículos que la semana pasada fueron suspendidos cautelarmente por el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC). Aprovechando esa circunstancia, el AMB hizo público un comunicado donde recordaba en qué aspectos afectaban los artículos que desde ayer son de obligado cumplimiento para los titulares de las VTC.  

 

El TSJC publicó la semana pasada un auto donde suspendía manera cautelar, entre otros, el artículo que fija en una hora el tiempo mínimo de precontratación de los servicios de VTC, al considerarlo discriminatorio y contrario a la libertad de empresa. Aún así, el AMB  insistió ayer en que se mantienen en vigor los 15 minutos fijados por el decreto ley 4/2019 de la Generalitat de Catalunya.

 

También fue anulado de forma cautelar el artículo que obligaba a la creación de un registro municipal de vehículos de alquiler con conductor. Pese a ello, el AMB ha querido recordar que los titulares de las VTC que quieran desarrollar su actividad dentro de su territorio, deberán comunicar de forma inmediata al Instituto Metropolitano del Taxi (IMET) ciertos datos que exige el artículo 4.1 del reglamento de VTC, que no fue suspendido. Cada servicio, insiste el AMB, deberá ser comunicado en el registro electrónico en la forma prevista por el decreto ley 4/2019.

 

El Ayuntamiento de Barcelona también recuerda que la geolocalización del vehículo no se podrá hacer pública hasta la contratación del servicio. Además, explica que las VTC, si no han sido contratadas previamente y no están prestando servicio, han de permanecer fuera de la vía pública, en garajes o aparcamientos autorizados.

 

Por último, la entidad reguladora de la movilidad explica que está prohibida desde ayer la prestación del servicio en los días de descanso semanal establecidos por el reglamento para las autorizaciones VTC. Antes de iniciar el servicio, los conductores deberán portar la hoja de ruta en los vehículos y los cuadros de precios vigentes tienen que estar disponibles en el interior de los mismos.







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