La organización de consumidores Facua-Córdoba ha denunciado ante la Dirección General de Empresa e Industria de la Comisión Europea, en Bruselas (Bélgica), la “pasividad e indiferencia” que mantiene el Ayuntamiento de Córdoba por la fórmula de Regulación Horaria (RH) del sector del taxi a través del aparato taxímetro. Normativa aprobada por decreto en 2011 y en vigor desde enero de 2012, “pese a vulnerar una directiva europea”, explica Facua en un comunicado.
Esta organizacón afirma también que el pasado 1 de julio presentó una denuncia en la Concejalía de Movilidady Transportes del Consistorio cordobés solicitando que se eliminara la obligatoriedad de la función de control horario del taxímetro, “en base a la regulación mediante la Directiva 2004/22/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 31 de marzo de 2004, relativa a los instrumentos de medida, en la cual se regula el taxímetro, y que establece los requisitos esenciales que este dispositivo debe cumplir para ser puesto en servicio”.
A este respecto, Facua ha señalado que “fue el Ayuntamiento de la capital, a instancias de la Asociación Provincial de Trabajadores Autónomos de Auto Taxi de Córdoba (Auttacor), el que introdujo la fórmula de Regulación Horaria (RH) del sector del taxi a través del taxímetro. Sin embargo, una directiva europea señala que la legislación nacional no podrá exigir la instalación de programas que apaguen automáticamente el contador pasadas ciertas horas”.
Ante la falta de respuesta por parte de la Concejalía, Facua ha solicitado a la Dirección General de Empresa e Industria de la Comisión Europea en Bruselas “que se inicien las actuaciones oportunas, con la finalidad de garantizar una correcta regulación de la prestación del servicio del taxi en la ciudad, adaptada a la legalidad”.
Además, Facua-Córdoba espera que esta Dirección General “advierta al Ayuntamiento de Córdoba por consentir estas prácticas irregulares, que están fuera del marco de la directiva europea, tal y como ya lo hicieran en Madrid”.
Sobre esta particular, Facua ha recordado y destacado que la Dirección General de Empresa e Industria de la Comisión Europea ya emitió un informe, con fecha de 24 de junio de 2014, firmado por el comisario europeo. Hans Ingels, “tras la presentación de distintas denuncias sobre la ilegalidad de la medida”. En este informe, la Comisión establece que aunque “las disposiciones de la Directiva no impiden utilizar un taxímetro para otros fines, siempre que estos sean compatibles con su principal función de medición”, “la legislación nacional no puede exigir que esta función adicional se incluya” en estos contadores, “a fin de que éstos se puedan poner en servicio en un determinado estado miembro, o en parte del mismo”.
Por último, la organización de consumidores señala que el documento del comisario europeo “también afirma que estas funciones suplementarias, que pueden asimismo prestarse por un dispositivo externo independiente, no deben exigirse a través de disposiciones legales, considerando que debe de procederse, en consecuencia, a modificar la normativa que así lo obligue”.