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21/03/2019 13:06:31 - Gaceta del Taxi

Las VTC, obligadas a registrar todos sus servicios desde el 1 de abril


Todos los servicios de VTC deberán ser registrados en la web de control del Ministerio de Fomento desde el próximo 1 de abril de 2019, tal y como recoge la disposición publicada hoy en el Boletín Oficial del  Estado (BOE).

 

Fomento anuncia ahora que, en virtud del Real Decreto aprobado a finales de diciembre de 2017 por el entonces ministro del PP Iñigo de la Serna, ya está disponible el sistema informático de gestión del Registro de Comunicaciones de los Servicios de Arrendamiento con Conductor (RVTC), y se encontrará operativo desde las 00.00 horas del próximo 1 de abril.

 

 Desde entonces, los titulares de licencias VTC deberán comunicar al RVTC los datos relativos a cualquier servicio que les sea demandado.  Las comunicaciones se podrán realizar por dos vías: utilizando la aplicación web disponible en Fomento, o mediante plataforma digital.

 

El titular de VTC deberá cumplimentar el nombre y NIF o NIE del titular arrendador del servicio, o en el caso de intermediación, los datos de la empresa intermediaria. También deberá aparecer el nombre y NIF o NIE del arrendatario; el lugar y fecha de celebración del contrato de arrendamiento; matrícula del vehículo; lugar, fecha y hora en que ha de iniciarse el servicio; lugar, fecha y hora en que ha de concluir el servicio.

 

Fomento explica que el dato de los lugares de inicio y finalización del servicio se especificarán indicando la provincia, el municipio, calle y número en que se ubiquen. Una vez que se inicie el servicio, el prestador del mismo deberá comunicar al RVTC mediante su confirmación.

 

 

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