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19/11/2021 - Gaceta del Taxi

Transportes no recurrirá la sentencia del TSJM sobre el decreto Ábalos


A falta de confirmación oficial, todo parece indicar que el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana no recurrirá la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid (TSJM) que declaró nulos aquellos expedientes que rechazaban una ampliación a la moratoria de las VTCs incluida en el decreto Ábalos.

 

Con esta decisión, el Ministerio, tal y como deseaban desde el sector del taxi, no judicializará más este procedimiento en el Tribunal Supremo y en cuestión de meses tramitará esos expedientes por sí mismo, rechazando la petición de empresas de VTCs de ampliar el plazo de cuatro años que otorgaba el decreto Ábalos para que estos vehículos pudieran prestar servicios urbanos sin autorización específica para ello.

 

Es importante recordar que el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid, en una sentencia emitida el pasado lunes 27 de septiembre, estimó parcialmente un recurso presentado por la empresa Autos Laucar y declaró nulo aquellos expedientes que afectaban a la disposición transitoria del mencionado decreto Ábalos. En concreto, esos recursos se presentaban pidiendo una extensión de la moratoria de cuatro años que, a modo de indemnización, otorgó el Ministerio a las empresas de VTCs para poder prestar servicio en ámbito urbano sin autorización local.

 

La razón por la que el Ministerio deberá volver a estudiar esos expedientes que pedían una extensión de esa moratoria radica en que fueron ejecutados y rechazados por INECO, una empresa a la que se le encargó la externalización de estos procedimientos. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) entendió que deberían haber sido ejecutados por el propio Ministerio de Transportes, entidad pública de la que se presume imparcialidad.

 

Ahora, toda vez que el Ministerio parece que no va a recurrir esta decisión ya que por cuestión de plazo éste podría haber ya expirado, todos los recursos presentados por empresas de VTCs contra la disposición transitoria del decreto deberán ser de nuevo analizados y ejecutados por el Ministerio de Transportes en cuestión de meses. De esta forma, no se verá afectado el fin de la moratoria que está previsto para septiembre de 2022. A partir de esa fecha, recordamos, todas las VTCs que quieran prestar servicio en suelo urbano deberán disponer de una autorización específica para ello.

 

Sin riesgo para el decreto Ábalos

 

Julio Sanz, presidente de la Federación Profesional del Taxi, ha manifestado que a falta de confirmación oficial “todo hace indicar que ha finalizado el plazo para interponer recurso de casación al Supremo, por lo que entendemos que el Ministerio va a tramitar por sus medios los expedientes y cumpliendo los plazos que determina el TSJM”.

 

El presidente de FPTM ya salió al paso en su momento de ciertas informaciones aparecidas en medios de comunicación que alertaban sobre la vigencia de la norma. “El decreto Ábalos se mantiene y no se cuestiona. No se anula ni la forma de indemnización, ni la moratoria, ni la incapacidad de realizar recorridos urbanos si no se regula en las Comunidades Autónomas. Solo se anulan los expedientes tramitados por INECO porque el TSJM entiende que no pueden ser externalizados”, explicó Sanz.

 

Tito Álvarez, coordinador de la organización Taxi Project también ha explicado a nuestro medio que, según sus informaciones, el plazo podría haber acabado y el Ministerio no recurriría esta sentencia ante el Supremo. Álvarez también recordó en su momento que “ningún juez ha hablado sobre la validez del decreto.  “Las VTCs tenían tres meses para pedir una moratoria mayor de los cuatro años a modo de indemnización y el Ministerio, como era un volumen de trabajo muy grande, se sirvió de INECO para tramitar esos expedientes, que casi todos fueron rechazados”, indica Álvarez. /TAMBIÉN ES NOTICIA







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