Por Manu Sánchez
Responsable Geet Plataforma en defensa del servicio público del taxi
Es normal que el Estado aplique la proporcionalidad sobre las empresas de AVCC con cierta objetividad que evite descolocar las políticas aplicadas por las Comunidades Autónomas (CCAA) y más en concreto, los Entes Locales (EELL) respecto al servicio del taxi que están marcadas por la regla de la ratio que actúa sobre los vehículos que prestan servicios en un municipio respecto al número de habitantes. Ateniéndonos a esa objetividad, si el número de habitantes asciende es lógico que de igual manera crezca en la misma proporción el número de autotaxi que presta los servicios de movilidad urbana, incluso podría darse el caso de aun aumentando la población se mantenga el número de taxi existentes por criterios de racionalización del espacio público, medioambiente, gestión del transporte, en este último supuesto, por las políticas aplicadas por los Entes Locales respecto a dicho servicio que no se vean entorpecidas por las políticas aplicadas por el Estado y CCAA en materia que son de su competencia exclusiva o delegadas. Es decir, la justificación del mantenimiento de la ratio o la proporcionalidad es la de la preservación del interés público a qué responde la actual regulación del servicio de interés público del taxi. Este interés público viene determinado por la necesidad de mantener en los municipios el servicio de transporte urbano e interurbano que todo usuario puede demandar un servicio oficial mediante un sistema de tarifas obligatorias. Se trata, pues, de motivos de interés general que no pueden considerarse meramente de naturaleza económico en términos vetados por el art 18.2.g) de la Ley 20/2013 de 9 de diciembre, de garantía de unidad de mercado donde la propia ley en su Exposición de Motivos abre la puerta a esta posibilidad en aquellos ámbitos en los que deban limitarse el número de operadores aplicándose la regla de la ratio o la regla de la proporcionalidad entre dos o más magnitudes, ambas reglas son aceptables porque no encubren planificación económica alguna.
La apuesta por la declaración del transporte de viajeros en taxi como servicio de interés público dada la naturaleza de la actividad que desempeña, y que exige su prestación en condiciones de calidad muy estrictas, de universalidad, sin posibilidad de elegir por criterios comerciales la prestación de unos servicios y rechazar otros, con garantía de un precio estable mediante tarifas obligatorias en todas las circunstancias y con amplia cobertura en todo el territorio, incluso en las áreas geográficas con demanda inestable y limitada, por la escasa población residente. Se quiere apostar por el impulso del transporte público accesible, considerando el derecho a la movilidad de la ciudadanía, a favor de un medio como es el sector del taxi que detrae vehículos privados de los entornos urbanos e interurbanos más próximos a las grandes ciudades, que es dónde se concentran el grueso de los servicios.
Por ello creo, que el TS podría seguir manteniendo su posición, aunque indique que en el pronunciamiento del 2018 no fijó posición sobre las implicaciones que esa ratio tendría la normativa europea. En aquel momento, según asegura en un auto judicial, no se analizó si respetaba la libertad de establecimiento de las empresas o sí suponía una ayuda de estado al sector del taxi en base al Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.
Mantengo la idea que, el TS se reforzará su punto de vista en la decisión del TJUE, manteniendo su postura al descartar que queden incursos en la prohibición de requisitos de carácter económico y que mientras se mantenga los servicios que realiza el taxi como un servicio de interés público, la regla de la proporcionalidad al igual que la regla de la ratio seguirán existiendo. Otra cosa, es el valor nominal que pudiera recibir la proporción escogida (1/30). Es decir, que pueda variar el porcentaje o valor decimal, orientándose metodológicamente su cálculo para delimitar su alcance, cuestión que se define como densidad proporcional. Eso sí, dejando a cada Comunidad Autónoma poder modificar la regla de proporcionalidad siempre que la que apliquen sea menor que la establecida por el Estado.
Que sea la proporción ideal o no lo sea podría ser irrelevante puesto que la proporcionalidad del 1/30 es un índice nominal máximo que puede ser rebajado por las administraciones competentes permitiendo que haya más de una autorización de VTC por cada 30 taxis.
El TS tendría que observar los movimientos de las Plataformas del porqué tanto alboroto en querer eliminar la legal regla de la proporcionalidad. Qué trasfondo oculta las Plataformas disruptivas y de sus adheridas empresas de alquiler ante las insistentes impugnaciones judiciales llevadas a cabo.
Quizás ese empeño pueda venir, porque realizaron varios estudios de mercado y su posicionamiento en el mismo, gracias a esa información que extraen de los algoritmos, Base de Datos o minería de datos, pues en uno de esos estudios analizaron la facturación media que un coche de VTC puede hacer estando la media hasta 6.000 euros al mes. Si las Plataformas se llevan el 25% de comisión, serían 1500 euros al mes de un solo coche. Multiplicado por las 18.000 autorizaciones que existen en España, esto sube a 27.000.000 Mll de euros mes, por un año la friolera cantidad de 324.000.000 Mll unos beneficios donde el riego es mínimo pues el verdadero prestador del servicio es quien soporta la carga de la empresa, mantenimiento del coche, seguros, nominas, impuestos, etc. Se puede decir, que es un negocio redondo pues, el supuesto caso, es tan solo en España, si concentramos todos los países del Mundo donde operan, esto es una bicoca. Por eso, los inversores insisten en pedir más y más autorizaciones, tan solo habría que aplicar la regla de tres simple y nos daríamos cuenta de la mina de oro que han encontrado como comisionistas, ínsito sin arriesgar nada.
Cita: Los inversores tecnológicos apuestan por La economía de escala que solo es efectiva para las multinacionales, siendo un plan perfecto para eliminar el sector del taxi tal y como lo conocemos hoy.