15 de diciembre, fecha clave para el futuro del 1/30
El 15 de diciembre será el día en el que se conozca el dictamen del abogado general de la Unión Europea sobre si la proporcionalidad 1/30 entre taxis y VTCs vulnera o no el derecho comunitario. Esa ha sido la fecha fijada tras la vista oral que tuvo lugar ayer en la Gran Sala del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).
Las conclusiones del abogado general, en principio, no vinculan al TJUE, pero si suelen marcar la dirección de la posterior decisión final de los magistrados. En la vista celebrada ayer, estuvieron presentes representantes jurídicos tanto de la Asociación Élite Taxi Barcelona como de la Asociación Nacional del Taxi (Antaxi) y la Agrupaciò Taxi Companys (ATC). El Sindicat del Taxi de Catalunya (STAC) también estuvo presente aunque su representación jurídica estaba en manos del despacho José María Baños León, el mismo que Antaxi.
La Sala del TJUE ha valorado la cuestión prejudicial presentada por el TSJC en el que preguntaba sobre si el reglamento del AMB de 2018 vulneraba o no la normativa comunitaria en materia de competencia, sobre todo la regla de proporcionalidad 1/30.
Desde el taxi, los abogados de las Élite Taxi Barcelona, Antaxi y ATC han defendido que la regulación del taxi va encaminada a la protección del sector como servicio de interés general. Por eso, entienden que defenderse un númerus clausus para protegerlo, tal y como tuvo en cuenta el Tribunal Supremo español cuando avaló el 1/30 en su sentencia de 2018.
En una línea parecida, según ha explicado Élite Taxi en un comunicado, ha actuado el abogado del Reino de España, sosteniendo que la limitación del 1/30 es compatible con el artículo 49 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) porque, aunque haya limitación, es necesaria, proporcionada y no discriminatoria.
Representantes de Antaxi con su equipo de abogados ayer en el TJUE
La VTC como servicio de interés general
Además de organizaciones del taxi, en la vista también acudieron representantes del sector de las VTCs como Prestige Limousine o Tapoca VTC1. También el Reino de España y la Comisión Europea han presentado sus argumentos.
Desde las VTCs han defendido que su servicio debe considerarse de interés general, dadas las ventajas que traen consigo a la ciudadanía con respecto a reducir las emisiones, el uso del coche privado y generar más presión competitiva que ha servido para mejorar el taxi.
También ha expuesto su parecer la Comisión Europea, afirmando que las restricciones de la regulación limitan la libertad de establecimiento contemplada en el citado artículo 49 del TFUE, pero la cuestión a analizar es si tal restricción justificada por razones imperiosas de interés general es proporcionada y no discriminatoria.
Por último, desde Élite Taxi denuncian que han sentido “vergüenza e indignación por la decisión de los servicios jurídicos del AMB de no comparecer a defender su norma”. “Esperemos que tomen conciencia de la extrema relevancia de los intereses públicos y generales que representan”./TAMBIÉN ES NOTICIA