El TSJ reconoce el derecho a la concesión de nuevas VTCs en la CAM
Esta sentencia, hecha pública por Unalt, responde al recurso contencioso-administrativo interpuesto contra la Comunidad de Madrid por una empresa de la que desconocemos sus datos. Dicho recurso se presentó el 5 de octubre de 2010 con motivo de la “desestimación presunta del recurso de alzada deducido frente a la Resolución de la Dirección General de Transportes de la CAM de 16 de marzo de 2010” que denegaba, “en aplicación de la Orden FOM36/08” su solicitud de 20 autorizaciones de VTCs.
Considerando que la anteriormente mencionada Resolución no es conforme a Derecho, la sección octava de la sala de lo contencioso administrativo del TSJ, reconocía “el derecho de obtener las autorizaciones solicitadas siempre que concurran los requisitos legal y reglamentarios establecidos para su otorgamiento”.
El fallo se basa, principalmente, en las modificaciones efectuadas en la LOTT a través del artículo 21 de la Ley Ómnibus, que suprimía los artículos 49 y 50 de dicha Ley.