Financiación y autoconsumo
El próximo 24 de mayo se celebra Asamblea General Ordinaria en nuestra cooperativa SCAT y el día 28 elecciones a parte del Consejo Rector de la misma. Treinta y dos años son los que llevo formando parte de ella, y durante todo este tiempo habré estado de acuerdo o no en su funcionamiento, pero siempre he deseado que funcione lo mejor posible. Pero no es menos cierto que durante este tiempo he visto comportamientos de cooperativistas criticándola y desprestigiándola, no asistiendo a las asambleas, no haciendo frente al pago de las cuotas hasta el último día del año, o simplemente no pagándolas, generando un perjuicio en la financiación de la entidad.
Ahora, a raíz de la sentencia del Tribunal Supremo de la Unión Europea donde en un comunicado se dice claramente que no puede admitirse que la Generalitat de Catalunya y el Gobierno español hayan actuado de buena fe al mantener el impuesto del céntimo sanitario en vigor durante más de 10 años. Esto sucede a finales de febrero y la primera solicitud de devolución trimestral finalizaba el pasado 21 de abril, momento en que algunos socios y asociaciones detectan que quienes hemos repostado en SCAT, no podemos solicitar dicha devolución.
La cuestión está en quién es el consumidor final, si SCAT o el cooperativista. Según explicó el Gobierno, solo serán admitidas aquellas facturas que contengan desglosado el importe concreto del céntimo sanitario, o que al menos incluyan en la propia factura una referencia de que en el precio va incorporado dicho impuesto. Por lo tanto, serán rechazadas las facturas que no recojan tal mención o desglose del impuesto.
Entiendo y entiéndaseme bien, si como dice el Consejo Rector de SCAT, la consumidora final es la propia cooperativa, no es menos cierto que las facturas que nos emite, contienen dicha mención sobre el tramo estatal del impuesto.
Lo que no comprendo, teniendo como tiene denunciado los dos tramos del impuesto, es cómo el Consejo Rector no lo ha comunicado a sus socios antes de que éstos empezaran a solicitar dicha devolución, evitando así la confusión.
Texto: Iñaki Aramburu