Dos años después, vuelve la “amenaza” con la Ley Ómnibus

La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que anuló la resolución de la Comunidad de Madrid en la que se negaba la concesión de 20 autorizaciones VTC ya ha sido recurrida por la propia Comunidad, así como a través del propio Ministerio de Fomento. Según hemos podido saber, al cierre de esta edición su ejecución se encuentra paralizada y se espera que no se concedan dichas autorizaciones, que serían las primeras en concederse desde que se aprobó la Ley Ómnibus en diciembre de 2009

La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que anuló la resolución de la Comunidad de Madrid en la que se negaba la concesión de 20 autorizaciones VTC ya ha sido recurrida por la propia Comunidad, así como a través del propio Ministerio de Fomento. Según hemos podido saber, al cierre de esta edición su ejecución se encuentra paralizada y se espera que no se concedan dichas autorizaciones, que serían las primeras en concederse desde que se aprobó la Ley Ómnibus en diciembre de 2009.

Este fallo del TSJ, hecho público en el mes de noviembre, quitaba así la razón a quienes afirmaron que con la aprobación del polémico artículo 21 de la Ley Ómnibus no se abría una puerta a la liberalización del sector, pese a la derogación de los artículos 49 y 50 de la Ley de Ordenación del Transporte Terrestre, LOTT, que dotaban de soporte legal el establecimiento de cupos entre VTCs y taxis en función de la oferta y la demanda. 

Concretamente el fallo se fundamentaba, principalmente, en las modificaciones anteriormente referidas y anulaba en base a ellas, la Resolución de la Dirección General de Transportes de la CAM que denegaba “la solicitud de autorizaciones de arrendamiento de vehículo con conductor en el ámbito de la Comunidad”. Mantenía como único requisito para la concesión de estas nuevas autorizaciones que éstas se ajustaran a los requisitos legales y reglamentarios “establecidos para su otorgamiento”.

Pero sin duda, lo que más ha escandalizado al sector ha sido conocer quién estaba detrás de dicha petición y posterior demanda a la Comunidad de Madrid. Si bien en la sentencia se omitía el nombre de los demandantes de dichas autorizaciones, días después de hacerse pública se conocía que el entonces vicepresidente de Gremial Madrid, Pedro Panizo, era uno de los demandantes y que había tomado esta decisión para demostrar que la Ley era perjudicial para el taxi. En palabras del presidente de la CTE, Artemio Ardura manifestaba su rechazo y señalaba que le resultaba “de todo punto imposible justificar que haya sido el propio sector del taxi el que haya propiciado esta sentencia”.

Además, a través de un comunicado de prensa, la Confederación anunciaba que denunciará “públicamente a las personas físicas o jurídicas que han actuado como demandantes” al haber ejercitado, en su opinión, “las citadas acciones judiciales en grave perjuicio del sector del taxi al que pertenecen.

¿Puerta abierta a las VTCs?

Según el fallo del Tribunal Superior de Justicia del pasado mes de octubre, y que se hacía público por la anterior directiva de Unalt, se anulaba la Resolución de la Dirección General de Transportes de la CAM que denegaba “la solicitud de autorizaciones de arrendamiento de vehículo con conductor en el ámbito de la Comunidad”.

Esta sentencia respondía al recurso contencioso-administrativo interpuesto contra la Comunidad de Madrid. El motivo, la “desestimación presunta del recurso de alzada deducido frente a la Resolución de la Dirección General de Transportes de la CAM de 16 de marzo de 2010” que denegaba, “en aplicación de la Orden FOM36/08” su solicitud de 20 autorizaciones de VTCs.

Considerando que la anteriormente mencionada Resolución no es conforme a Derecho, la sección octava de la sala de lo contencioso administrativo del TSJ, reconocía “el derecho de obtener las autorizaciones solicitadas siempre que concurran los requisitos legal y reglamentarios establecidos para su otorgamiento”.

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