Fomento autoriza la modificación del FOM

El Ministerio de Fomento, a través de su departamento de información, ha hecho pública la modificación de la orden FOM.La norma en cuestión tiene por objeto concretar y clarificar el concepto de “habitualidad” en el alquiler de vehículos con conductor en el ámbito de la comunidad autónoma de la que tienen la licencia para operar.

Madrid, 11 de noviembre de 2011 (Ministerio de Fomento). El Ministerio de Fomento ultima la tramitación de la Orden por la que se modifica la Orden FOM/36/2008, de 9 de enero, en materia de arrendamiento de vehículos con conductor. El texto ha sido informado favorablemente por el Consejo Nacional de Transportes Terrestres y las comunidades autónomas. En el mismo sentido, el texto cuenta con el apoyo de las principales asociaciones de taxistas con representación en el Comité Nacional del Transporte por Carretera, tal y como se puso de manifiesto en la reunión mantenida el pasado 8 de noviembre con el director General de Transporte Terrestre. La norma en cuestión tiene por objeto concretar y clarificar el concepto de “habitualidad” en el alquiler de vehículos con conductor en el ámbito de la comunidad autónoma de la que tienen la licencia para operar. La futura orden establecerá que se incumple este concepto cuando más del 20 por ciento o más, dentro de un mes natural, de los servicios realizados con el vehículo en cuestión no tengan origen o destino por el territorio en el que se encuentra domiciliada la autorización. Este concepto de habitualidad se considera, en todo caso, un complemento al artículo 14.1 de esta misma orden que establece una regla de proporcionalidad destinada a facilitar el desarrollo equilibrado y armónico entre las distintas formas de transporte de viajeros en vehículos de turismo en un mismo territorio, de tal forma que el ejercicio de las competencias administrativas en materia de transporte interurbano no obstaculice la efectividad de las políticas desarrolladas