El Tribunal Supremo ha desestimado finalmente los recursos de casación presentados por la Generalitat Valenciana y la Federación Sindical del Taxi de Valencia contra la concesión de 200 autorizaciones de vehículos de alquiler con conductor (VTC) solicitadas por la empresa Ares Capital.
De esta forma, la administración se verá ahora obligada a conceder esas autorizaciones, una vez que el Alto Tribunal ha sentenciado que no existe razón legal para negar esas VTC a la empresa solicitante.
Los recursos presentados tanto por la Generalitat como por la Federación del Taxi se centraban en intentar cambiar la resolución adoptada con anterioridad por parte del Tribunal Superior de Justicia de Valencia. El TSJV entendía ya que la denegación de la solicitud de 200 VTC que en su día hizo la Dirección de Transportes no se ajustaba a derecho y que, por lo tanto, Ares Capital podía disponer de ellas.
En el escrito de recurso presentado por la Generalitat, la administración entendía que por la fecha de solicitud de autorizaciones, se estaba vulnerando el principio de proporcionalidad de 1 VTC por cada 30 taxis fijado en la Ley de Ordenación del Transporte Terrestre (LOTT) de julio de 2013.
Sin embargo, el Supremo no ha admitido este recurso porque recuerda que la solicitud de las 200 VTC, fechada en febrero de 2013, se hizo antes incluso de que entrase en vigor la LOTT de julio de 2013, por lo que aún sería aplicable la Ley Omnibus que liberalizó el sector de VTC en 2009. Aún así, el TS advierte que si se hubieran solicitado tras la entrada en vigor de la LOTT de 2013, también se habrían concedido, pues la limitación se hace efectiva con el desarrollo reglamentario que vino dado por el RD 1057/2015 de 21 de noviembre por el que se modificó el Reglamento de la Ley (ROTT).
Por otro lado, el recurso presentado por la Federación Sindical del Taxi de Valencia se centraba en la idea de evitar una masiva solicitud de autorizaciones de VTC formulada por una única empresa, lo que, al parecer de sus abogados, excedía aparentemente los límites normales del ejercicio del derecho a obtener un título habilitante. La Federación Sindical del Taxi advirtió en su escrito que Ares Capital ya solicitó y obtuvo precedentes licencias con la finalidad de su posterior transmisión. El Supremo también ha rechazado estas pretensiones y ha declarado que no ha lugar al recurso de casación presentado ni por la Generalitat y ni por la Federación Sindical.
El goteo continúa
Tras esta decisión, se espera que el Supremo también conceda otras 50 autorizaciones de VTC que también fueron solicitadas por Ares Capital en Valencia. La Federación Sindical también presentó un recurso de casación y su defensa se basó en que la ley no contempla que un solo interesado pueda ser titular de más autorizaciones de las que materialmente pueda trabajar.
Fernando del Molino, presidente de la Federación Sindical, confiaba y así lo expresó a La Gaceta del Taxi, que recurriendo por la vía de la solicitud masiva de VTC, se podría evitar un desembarco de estos vehículos que “reventase el sector del taxi”. Finalmente no ha sido así, por lo que el goteo de VTC en Valencia parece que de momento no encuentra freno.