Contundente sentencia contra la ampliación de licencias de taxi en Madrid

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº12 de Madrid ha desestimado el recurso presentado por una sociedad vinculada a Fenadismer y defendida por abogado Emilio Domínguez contra la resolución del Ayuntamiento de Madrid en la que se denegó la concesión de tres nuevas licencias de taxi, rechazando la idea de ampliar la flota en la capital.
Es el primero de los cuatro procesos abiertos en los que estas sociedades, que comparten domicilio social con la Federación Nacional de Asociaciones de Transporte de España (Fenadismer), solicitaban la concesión de tres licencias de taxi en cada uno con el objetivo de ampliar la flota bajo el pretexto de una falta de taxis adaptados a personas con movilidad reducida.
Fue durante el mes de octubre de 2023 cuando estas compañías que habían solicitado licencias de taxi fueron rechazadas por la Dirección General de Gestión y Vigilancia de la Circulación del Ayuntamiento de Madrid. Ante esta primera negativa, estas sociedades presentaron un recurso de reposición, el cual también fue desestimado en diciembre de ese mismo año. Acabada la vía administrativa, han decidieron iniciar un procedimiento judicial en el Juzgado de lo Contencioso-administrativo y ahora han obtenido la primera de las sentencias.
En concreto, la sentencia conocida hoy, a la que hemos tenido acceso en un primer momento a través de Federación Profesional del Taxi (FPTM), presente como codemandada en el procedimiento, trataba sobre la solicitud realizada por la sociedad Quijote Primer Centenario Sociedad Cooperativa, que presentó con su abogado Emilio Domínguez el recurso en febrero de 2024. En este proceso estaban como codemandados el Ayuntamiento, la Comunidad de Madrid, así como las asociaciones FPTM, Gremial Madrid, AMT y la Plataforma Caracol. También se presentó en defensa del estatus actual del taxi Hector García de la Fuente, quien imparte cursos de formación a taxistas en la capital.
El Juzgado considera que el acto administrativo por el cual se rechazó la concesión de esas licencias es conforme a derecho y, por lo tanto, queda confirmado por el juez. Además, se imponen costas procesales a la sociedad recurrente. Contra esta solicitud cabe recurso de apelación en un plazo de quince días.
Argumentos de la demandante
El primero de los argumentos utilizados por la sociedad solicitante de licencias es que en 2024 no se cumple con la normativa que establece un porcentaje mínimo de taxis adaptados sobre el total de la flota. “Además de no haber un servicio adecuado”, explican, sostienen que el régimen jurídico del taxi tiene restricciones o limitaciones a la oferta con un número o cupo de licencias que contraviene, según la sociedad demandante, los principios de necesidad y proporcionalidad establecidos tanto en la norma estatal como en la comunitaria. Indican que la negativa al otorgamiento de nuevas licencias no se ajusta a derecho y suponen un perjuicio al interés general y a los derechos de las personas con discapacidad.
Después de intentar sin éxito por medio de un alegato hacia la concesión de licencias por silencio administrativo, finalmente se pudo conocer la posición del Ayuntamiento a esta demanda. El Consistorio recuerda en su escrito de contestación que el taxi es una actividad sujeta a una autorización administrativa previa; que es una actividad privada de interés público; que tiene una trascendencia espacial para la colectividad; y que existe un número determinado de licencias que viene fijado por la necesidad y conveniencia del servicio público.
Explica el Ayuntamiento que en Madrid hay actualmente 15.776 licencias de taxi, con lo que se llega a 2,8 licencias por cada 1.000 habitantes, número que excede el cupo legamente establecido de 2 licencias por cada 1.000 habitantes.
Además, se indica que Ayuntamiento no denegó la concesión de licencias de taxi simplemente por ese cupo de licencias, sino porque hay una serie de procedimientos establecidos legalmente y la mera solicitud no puede determinar en ningún caso la obtención de la licencia. “La solicitud trata de eludir no sólo los procedimientos legal y reglamentariamente establecidos por la normativa autonómica y municipal de transporte, sino que pretende obtener “de forma antijurídica una ventaja en evidente infracción de los principios de publicidad, transparencia, igualdad y no discriminación y concurrencia”, se explica en la sentencia.
“La pretendida liberalización planteada conllevaría a una sobre saturación de la disponibilidad de vehículos en la vía pública innecesaria y desproporcionada”, defiende el Consistorio, indicando que el cupo de licencias “no genera un aumento de los tiempos de espera ni una mema en la calidad del servicio”.
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