El 81% de los conductores españoles utiliza, al menos, algún dispositivo de ayuda a la conducción. Dentro de ese gran grupo, se encuentran los que utilizan los detectores de radares, y de entre esos conductores, tan solo tres de cada diez conocen la ilegalidad de este tipo de herramientas.
Estos datos se desprenden de los resultados de una encuesta que ha elaborado la Asociación DIA de Víctimas de Accidentes entre más de 1.000 personas, y que ha desvelado que el 70% de los usuarios de este tipo de dispositivos desconoce que no pueden ser utilizados.
Actualmente son dos los tipos de dispositivos que ayudan a detectar un radar: los detectores y los inhibidores. El primero es una herramienta que identifica la frecuencia del radar, ya sea fijo o móvil y avisa al conductor que lo tenga instalado de su presencia. En el caso de los inhibidores, éstos son dispositivos que emiten una frecuencia que anula la que emite el radar. Además de ser ilegal su venta, también es ilegal la fabricación de este tipo de dispositivos y el hecho de poseer uno de ellos supone una sanción de 6.000 euros y la pérdida de hasta seis puntos de carnet. Además, el taller instalador de los inhibidores también se enfrenta a una multa de hasta 30.000 euros.
La utilización de los detectores también es ilegal y conlleva una sanción de 200 euros y la pérdida de tres puntos del carnet. Resulta cuanto menos curioso que la venta de este tipo de dispositivos no esté prohibida en nuestro país.
Los avisadores de radares son los únicos dispositivos que no están prohibidos, ya que no detecta ni inhiben frecuencias. Su eficacia está basada en una actualización cada cierto tiempo de sus bases de datos.