A punto de aprobarse el nuevo Reglamento General de Circulación, te damos las claves de los cambios de movilidad y seguridad viaria. Para los taxis se eliminan las exenciones en dos casos: en el uso de los cinturones para conductores que no estén justificadas cuando estén en servicio y respecto al uso de un dispositivo de retención homologado en pasajeros cuya estatura no alcance los 135 centímetros siempre que ocupen un asiento trasero y circulen en áreas urbanas de grandes ciudades.
Para todos los conductores, se regulan los controles de drogas después de años de investigación para incorporar los test de detección de estupefacientes en el organismo, con un amplio abanico de posibles sustancias que puedan afectar a la conducción y estableciéndose como procedimiento general la detección en saliva en los controles preventivos.
También hay cambios respecto a la velocidad. En autopistas y autovías con limitación de 120 km/h se podrá aumentar hasta un máximo de 130 km/h para los turismos, motocicletas y vehículos de tres ruedas y en tramos en los que existan índices contrastados de seguridad, buenas condiciones de trazado y pavimentación, y óptimas condiciones meteorológicas y ambientales. En cualquier caso, este cambio sería gestionado temporalmente por la Jefatura Central de Tráfico o la autoridad autonómica competente.
En las carreteras convencionales con arcén de 1,5 metros, se reducirá la velocidad máxima a 90 km/h siendo actualmente de 100 km/h, y será de 50 km/h en las carreteras de 6,5 metros de ancho y con línea longitudinal que separe ambos sentidos y si la línea no existe, estando permitida en la actualidad a 70 km/h.
En vías urbanas y travesías la velocidad máxima seguirá siendo de 50 km/h, pero se rebaja hasta 30 km/h en vías con un solo carril y sentido único de circulación o con un carril por sentido, y a 20 km/h en las calles con plataforma única de calzada y acera.