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11/01/2018 10:57:41 - Gaceta del Taxi

25.000 euros de sanción por abuso de posición dominante


El Tribunal Català de Defensa de la Competencia de la Autoritat Catalana de la Competència ha sancionado a la empresa Interfacom con 25.000 euros de multa. La empresa, propietaria de la marca Taxitronic, ha sido  condenada por abuso de posición dominante y por fijar el precio de venta a sus distribuidores. Desde la empresa, tal y como puede leerse en la resolución, se han defendido de ambas acusaciones, si bien sus explicaciones no han convencido al organismo sancionador. 

 

La resolución se conoció a finales del pasado año, tras más de un año de litigio entre Catalunya del Taxímetro (CdT) e Interfacom, a quien la primera acusaba de negarle piezas de recambio y patrones tarifarios de sus taxímetros en favor de sus propios distribuidores, como el taller Masterclas. Para Competencia ha quedado acreditado que Interfacom ha abusado de su posición de dominio. Conducta que, recuerda, se encuentra prohibida por el art. 2.2.c) de la Ley de Competencia, y que ha sancionado con una multa de 15.000 euros. 

 

Por otro lado, multa con 10.000 euros por haber fijado los precios de los productos a sus distribuidores, tanto a CdT como Masterclas. Una práctica también prohibida en la Ley de Competencia y que habría quedado suficientemente acreditada, ya que la propia Masterclas reconoció que “la tarifa de precios es fija”. Los efectos “perniciosos” de esta práctica, asegura Competencia, se ven reforzados precisamente por la posición de dominio que ocupa Interfacom, lo que habría provocado una “alteración de las condiciones de libre competencia” en el mercado. 

 

Además de la sanción, Competencia ordena a Interfacom que cese “inmediatamente” en las infracciones declaradas y les obliga a suministrar tanto los patrones tarifarios como las piezas de repuesto a Catalunya de Taxímetros en condiciones equitativas de mercado y siempre que les sea solicitado.

 

Defensa de Interfacom 

 

Interfacom justificaba la denegación a CdT del suministro de patrones tarifarios y de piezas de recambio en base a su política comercial y en la necesaria comercialización de sus productos mediante talleres metrológicos de su elección. Asegura además que en ningún caso puede considerarse como una negativa injustificada de suministro, “sino una vía para asegurar la comercialización de sus productos”. 

 

También defiende su política de precios, al asegurar que en ningún momento se trataban de precios fijos, “sino orientativos”. Además, se ha mostrado en desacuerdo con la imputación exclusiva de responsabilidad a la empresa y señala que los acuerdos adoptados “fueron exigencias de CdT a Interfacom”. 

 

Interfacom también cuestionó su posición de dominio, explicando que existe un mercado de segunda mano que no está reflejado en los datos del Área metropolitana de Barcelona y en el que CdT tendría una amplia cuota de mercado gracias a sus promociones y planes "renove". No obstante, ninguno de los argumentos fue suficiente para el Tribunal, que falló a favor de Catalunya del Taxímetro, dejando a Interfacom la vía de lo contencioso administrativo para recurrir. Una opción que ha anunciado que hará "en breve".  

 










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