Las asociaciones representativas de los taxistas de la Comunidad de Madrid presentes en el Comité Regional - Gremial Madrid, Federación Profesional y la Asociación Madrileña del Taxi-han enviado a la Dirección General de Transportes un texto de consenso ante el proyecto de modificación de la Ley 20/98 de Ordenación y Coordinación de los Transportes Urbanos de la CAM.
Según informa la Asociación Gremial en nota de prensa, algunos de los aspectos en los que las entidades del taxi madrileño han coincidido son: la disconformidad con la posibilidad de ejercer una actividad de transporte público mediante vehículos de 2 y 3 ruedas, la necesidad de elevar a rango de ley algunos artículos que actualmente aparecen en el Reglamento del taxi, o dar potestad a la Comunidad para promover planes de reestructuración o amortización de licencias y autorizaciones.
Con respecto a las VTCs, las asociaciones coinciden en que se debe establecer un plazo máximo de 60 días para la forzosa prestación de servicio por las autorizaciones VTC desde el otorgamiento de las mismas. También piden que se refuerce en la Ley la justificación d que se establece en el artículo 18.1 para cumplir con las exigencias del principio de proporcionalidad.
Inciden las entidades en que en esta modificación de la ley 20/98, en los contratos de los servicios de VTC ha de constar quién es el cliente efectivo, y en que el único medio para dar validez a la hoja de ruta telemática deberá ser una plataforma pública digital de la CAM.
Por último, las asociaciones piden que se considere sanción muy grave la gestión y apoderamiento a terceros, mediante cualquier forma jurídica, de las licencias.
Consenso, en parte, para modificar el Reglamento
En cuanto a la modificación del Decreto 74/2005 del Reglamento del Taxi, Gremial explica que las tres organizaciones han llegado a un acuerdo en prácticamente la mayoría de los puntos del mismo.
Las asociaciones apuntan a la necesidad de “liberalizar los modelos de los vehículos a elegir” y que la administración “debe marcar criterio de motorización, medidas y criterios ecológicos como sucede con las VTCs”. También demandan que una misma persona no sea titular de una licencia de taxi (VT) y de una VTC.
En lo que refiere a la recogida de los clientes, las entidades abogan porque se pueda realizar en otra localidad siempre que el servicio se iniciado en la localidad o área de prestación conjunta a la que corresponda cada licencia y siempre que finalice en la zona, área de inicio. También introducen elementos como la posibilidad de contemplar el taxi compartido o la creación de una cartilla por puntos.