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06/03/2014 07:02:32 - Gaceta del Taxi

La consejera de Empleo comparecerá para explicar el ‘caso Aneri’


La consejera de Empleo, Turismo y Cultura, Ana Isabel Mariño, comparecerá este jueves en el pleno de la Asamblea de Madrid, a petición propia, para explicar las medidas adoptadas para esclarecer el supuesto fraude en los cursos de formación, conocido como ‘caso Aneri’.

 

Técnicos de la Consejería detectaron irregularidades en estos cursos subvencionados en 2012. La empresa Sinergia Empresarial, cuyo director José Luis Aneri fue detenido el pasado 27 de febrero por la Policía, fue contratada por 25 organizaciones. Dentro del taxi, la CTE y la Asociación Gremial de Madrid ofrecieron cursos online a sus asociados a través de esta empresa, hecho que han confirmado a este y otros medios los dirigentes de ambas entidades. 

 

Según información publicada en El Mundo el pasado 2 de marzo, Aneri  habría tejido “una telaraña de empresas para justificar facturas para aparentar que había dado los cursos, según las averiguaciones policiales”. Para ello, “rellenaba las fichas, supuestamente, con listados de taxistas o transportistas utilizando sus DNI sin su permiso”.

 

De acuerdo con El País, la Policía ha investigado 350 cursos estatales con unos 10.500 alumnos en el último año, según las estimaciones oficiales. Entre otros datos, los técnicos aportaron las fichas de cerca de 50.000 alumnos que hace dos años pasaron por estos cursos online, tal y como explican diferentes medios de comunicación. 

 

Se desconoce a través de qué mecanismos consiguió Aneri los datos de los transportistas y taxistas que se han utilizado para rellenar las fichas y si se ha infringido de alguna manera la Ley Orgánica de Protección de Datos. Según la Guía del Responsable de Ficheros proporcionada por la Agencia Española de Protección de Datos, “los datos deben recogerse con fines determinados explícitos y legítimos”. Esto es, que no pueden usarse “para otros fines” que los establecidos.

 

A la hora de ceder datos a terceros, la Ley, según artículos 11 y 21, establece que “es necesario el consentimiento previo del interesado”. A tenor del artículo  44.4 b) de la Ley Orgánica se considera infracción muy grave la cesión de datos de carácter personal sin consentimiento del interesado, fuera de los casos en que estén permitidas. Circunstancia que en estos momentos se intenta aclarar puesto que todavía ninguno de los afectados ha explicado cómo se cedieron esos datos de taxistas a Sinergia Empresarial. 







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