El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid dio un paso más y solicitó en el día de ayer el dictamen de la comisión jurídica sobre el reglamento que regulará los servicios en vehículos de alquiler con conductor (VTC) en la región. El texto se espera que esté aprobado en las próximas semanas y que entre en vigor a principios de 2024.
Da la casualidad de que el mismo movimiento se produjo hace quince días, pero en esa ocasión con el nuevo Reglamento del Taxi de la Comunidad de Madrid. En lo que respecta al texto que regulará las VTC, uno de los principales objetivos del mismo es acabar con los precios abusivos de las plataformas que trabajan con estos vehículos y limitar el precio máximo en los momentos de alta demanda.
Para lograr este objetivo, en un primer momento se estableció en el primer borrador del reglamento que el precio de los servicios de VTC en momentos de elevada demanda no podría superar el 50% del precio base. Sin embargo, el texto ha sufrido una modificación y ahora las empresas de VTC podrán encarecer sus servicios hasta un máximo del 75% de la media del coste ordinario.
Jorge Rodrigo, consejero de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, explicó que esta modificación responde a la búsqueda por parte de la Comunidad de Madrid de un “equilibrio”. “Lo que ha planteado la consejería es ese 75% con la idea de buscar un equilibrio entra la oferta y la demanda y, al mismo tiempo, entre los ciudadanos y las plataformas de VTC”, detalló Rodrigo.
También regula el texto las cancelaciones de servicios, cuando la empresa cancele unilateralmente el contrato, de forma que el coche no llegue a recoger al usuario, ésta deberá abonar a este la idéntica penalización que la prevista para el supuesto en el que no se presente el usuario.
Exámenes para los conductores
En cuanto a los conductores, éstos deberán tener un permiso de conducir de la clase B o superior con al menos dos años de antigüedad. Además, deberán figurar en la plantilla de la empresa en situación de alta en el régimen de seguridad social. La Comunidad de Madrid además establece que deberán superar una prueba de conocimientos en relación al manejo de dispositivos digitales con mapa de navegación, uso del castellano, primeros auxilios, contenido de este reglamento y las normas reguladoras de las VTC. Los conductores de VTC deberán conocer los lugares, oficinas públicas, hoteles y centros de ocio más importantes.
Condiciones para los vehículos
En cuanto a los coches que prestan servicio de VTC, deberán estar domiciliados en la Comunidad de Madrid y no superar dos años de antigüedad desde su primera matriculación. No podrán realizar servicios de VTC los coches con una antigüedad superior a diez años, salvo aquellos con una potencia fiscal igual o superior a 28 caballos de vapor fiscales o los vehículos definidos como históricos.
Los vehículos deben estar clasificados con el distintivo cero emisiones o ECO, y los coches adaptados prestarán servicios a personas con movilidad reducida con carácter prioritario. En relación a este tipo de vehículos, establece la CAM que, a partir del 1 de enero de 2024, los vehículos que adscriban aquellos titulares que tengan 10 o más VTC deberán ser adaptados hasta que dispongan de un mínimo de un vehículo adaptado por cada diez que pongan a disposición del público.
Pérdida de validez de las autorizaciones
En cuanto a las autorizaciones de VTC para prestar servicio en la Comunidad de Madrid, estas deberán disponer de un visado bienal. Si no se renueva o se ha incumplido algún requisito, el órgano competente dará un plazo de diez días para que el titular acredite el efectivo cumplimiento de la normativa, en caso contrario, la autorización perderá automáticamente validez. Podrán ser rehabilitadas las autorizaciones, si así se solicita dentro del plazo de un año contado a partir de la pérdida de validez prevista.
Por otro lado, las VTC deberán estar siempre identificados y no podrán llevar signos externos de identificación ni publicidad alguna que induzca a confusión con la actividad de los taxis./TAMBIÉN ES NOTICIA