El Ayuntamiento de Madrid, por medio de una resolución de la Dirección General y Vigilancia de la Circulación, ha aprobado el régimen ordinario de descanso de los profesionales del taxi para 2025. En principio no se incluye ninguna novedad, manteniéndose el día libre entre semana, el refuerzo para los fines de semana y festivos, y las vacaciones al 50% de la flota en el mes de agosto.
Por lo tanto, de acuerdo con el artículo 37.1 de la Ordenanza del Taxi, las licencias seguirán el siguiente sistema de libranzas: descansan un día a la semana de lunes a viernes en función del número ordinal de terminación de la licencia de autotaxi y descansan otro día, en sábado o domingo, de acuerdo con el número par o impar de la licencia. El período máximo de descanso es de 24 horas, que se computa desde las 6:00 hasta las 6:00 horas del día siguiente.
No obstante, en lo que respecta a sábados y domingos, así como el régimen de descanso de los festivos entre semana, las horas de descanso se mantienen y se aplicarán de 7.00 a 20.00 horas. De este modo, se reduce la duración del descanso si se compara con los días entre semana y se amplía el horario durante el cual las licencias pueden prestar servicio, reforzando la cobertura del mismo. Indica el Ayuntamiento que durante el año 2024 no se han recibido peticiones concretas de ampliación o reducción del periodo de descanso ni quejas o reclamaciones de usuarios en esta materia.
El sistema de vacaciones “garantiza la cobertura del servicio”
Por último, y en relación a las vacaciones, indica el Consistorio que desde el año 2011 se ha aplicado un sistema de descanso estival por turnos entre licencias, según su terminación en par/impar y por periodos máximos de quince días, que se alternan cada año. Es decir, si un año las licencias pares descansan del 1 al 16 de agosto y las impartes del 16 al 31 de agosto, al año siguiente es al revés.
Este sistema de descanso vacacional el año pasado estuvo en litigio, pero una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 25 de noviembre reforzó el sistema y las normas de ordenación del Ayuntamiento de Madrid. El propio Gobierno local defiende que la regulación del régimen de descanso resulta plenamente conforme con la normativa autonómica e insiste en que es legal, necesaria proporcional, racional y no discriminatoria.
En concreto, y en lo que respecta a las vacaciones, tienen una estimación con estudios en los que se observa, entre los meses de julio y septiembre, una reducción del tráfico general del 32% y de los servicios de taxi de un 48%. Esta disminución, indica, se debe fundamentalmente a la drástica reducción de las necesidades de movilidad por negocios durante el mes de agosto.
Por lo tanto, explica el Ayuntamiento, y a efectos de ordenar la prestación del servicio de taxi, la reducción del 50% en la flota del taxi garantiza la cobertura del servicio de forma adecuada, pues los niveles de servicio se reducen de forma similar. Asimismo, el establecimiento de la obligación de descanso en el periodo de menor servicio garantiza que el resto de los meses, con un volumen de servicio muy superior, la prestación no se vea afectada y dicho servicio quede debidamente garantizado./TAMBIÉN ES NOTICIA
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